Resolución General 949/2023

Fecha de publicación03 Marzo 2023
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE VALORES
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2023

VISTO el expediente EX-2022-112148595- -APN-GGO#CNV, del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, caratulado “PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA Y MONITOREO INTELIGENTE CNV”, lo dictaminado por la Gerencia de Gestión Operativa, la Gerencia de Agentes y Mercados, la Subgerencia de Monitoreo de Mercados, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con las atribuciones otorgadas por el artículo 19, inciso g), de la Ley Nº 26.831, la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) se encuentra facultada para dictar las normas a las cuales deben ajustarse los Mercados, los Agentes registrados y las demás personas físicas y/o jurídicas que, por sus actividades vinculadas al Mercado de Capitales, y a criterio de la CNV queden comprendidas bajo su competencia.

Que, conforme señala el artículo 39 del mencionado cuerpo legal, los sistemas de negociación de valores negociables bajo el régimen de oferta pública que se realicen en los mercados deben garantizar la plena vigencia de los principios de protección del inversor, equidad, eficiencia, transparencia, no fragmentación y reducción del riesgo sistémico, encontrándose facultada las CNV para requerir que se establezcan mecanismos de acceso y conexión, con protocolos de comunicación estandarizados de los sistemas informáticos de los distintos ámbitos de negociación y/o de compensación y liquidación y/o de custodia.

Que en los Títulos VI y VIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) se establecen las exigencias que deben cumplir las entidades que cuenten con sistemas informáticos de negociación, compensación, liquidación y custodia de valores negociables aprobados por esta CNV, siendo que la competencia de este Organismo recae sobre la generalidad de los aspectos tecnológicos desarrollados por las entidades reguladas.

Que, en dicha línea, mediante la Resolución General Nº 702 (B.O. 16-8-2017) y la Resolución General N° 928 (B.O. 6-5-2022), respectivamente, se establecieron ciertos lineamientos de estandarización tendientes a la implementación de mensajes basados en las normas Internacionales ISO 15022 para el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN) e ISO 20022 y protocolo Financial Information Exchange (FIX), versión Latest para los Mercados, de modo que los procesos de negociación, liquidación, compensación y custodia de fondos y valores negociables se encuentren automatizados de comienzo a fin.

Que el cumplimiento de los objetivos mencionados requiere una constante mejora y actualización en los sistemas de control y análisis de la información por parte de esta CNV, a fin de crear confianza y seguridad para la operatoria en el mercado de capitales.

Que la modificación...

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