Resolución General 874/2020

Fecha de publicación27 Noviembre 2020
SecciónResoluciones Generales
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE VALORES


Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-36342474-APN-GAL#CNV caratulado “PROYECTO DE RG S/ AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE EEFF DE ENTIDADES SUJETAS AL CONTRALOR DE LA CNV Y EE.CC. DE INSTRUMENTOS DE INVERSIÓN Y DEMÁS AGENTES INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE CNV”, lo dictaminado por la Subgerencia de Control Contable, la Gerencia de Registro y Control, la Gerencia de Agentes y Mercados, la Gerencia de Fondos Comunes de Inversión, la Gerencia de Fideicomisos Financieros, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales; y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo de la Nación (PEN), mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 260/20 (B.O.12-3-2020) declaró la EMERGENCIA SANITARIA en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD en relación con el coronavirus COVID-19.

Que atento la gravedad de la pandemia y ante la necesidad imperiosa de proteger la salud pública y la vida de la población, el PEN dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 (B.O. 20-3-2020), estableciendo que todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, deben cumplir con la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO)”, la cual prohíbe y restringe temporalmente la circulación en la vía pública, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Que, dicha medida fue prorrogada sucesivamente mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 325/20 (B.O. 31-3-2020), Nº 355/20 (B.O. 11-4-2020), Nº 408/20 (B.O. 26-4-2020), N.º 459/20 (B.O. 11-5-2020), Nº 493/20 (B.O. 25-5-2020) y, con ciertas modificaciones según el territorio, por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 520/20 (B.O. 8-6- 2020), Nº 576/20 (B.O. 29-6-2020), Nº 605/20 (B.O. 18-7-2020), Nº 641/20 (B.O. 2-8-2020), N° 714/20 (B.O. 31-8-2020), N° 754/20 (B.O. 20-9-2020), N° 792/20 (B.O. 12-10-20), N° 814/20 (B.O. 26-10-2020) y Nº 875/20 (B.O. 7-11-2020) hasta el 29 de noviembre del corriente año.

Que, en virtud de ello la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) resolvió prorrogar los plazos de presentación de los Estados Financieros de las entidades emisoras, los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y los Fideicomisos Financieros que se encuentren en el régimen de oferta pública de valores negociables, así como los Estados Contables de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, de los Agentes y demás entidades inscriptas en el Registro Público a cargo...

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