Resolución General 797/2019

Fecha de publicación19 Junio 2019
SecciónResoluciones Generales
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2019

VISTO el Expediente Nº 2165/2018 caratulado “PROYECTO DE RESOLUCIÓN GENERAL S/ REFORMA DEL CÓDIGO DE GOBIERNO SOCIETARIO”, lo dictaminado por la Subgerencia de Gobierno Corporativo, la Gerencia de Gobierno Corporativo y Protección al Inversor, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de octubre de 2006, la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) dictó la Resolución General N° 493, que exigía la incorporación en la memoria anual de las respuestas a un cuestionario sobre buenas prácticas en materia de gobierno corporativo.

Que dichas prácticas se formalizaron en el primer Código de Gobierno Societario aprobado mediante la Resolución General N° 516, posteriormente modificado a través de la Resolución General N° 606.

Que por otra parte, en el ámbito internacional, la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE), en el año 1999, emitió los Principios de Gobierno Corporativo, que fueron actualizados en los años 2004 y 2015, invitando a todos los países miembros del G-20 a participar en pie de igualdad con los países integrantes de la OCDE.

Que el Código de Gobierno Societario, considerado como instrumento de protección de los derechos de los inversores, de los acreedores y del público en general, funciona también como una herramienta orientada a incentivar una cultura de buena gobernanza dentro de las emisoras que participan en el Régimen de Oferta Pública.

Que este Código incorpora una dimensión educativa que instruye a las empresas sobre el beneficio y la importancia de adoptar prácticas de buen gobierno corporativo, brindando orientaciones que justifican dichas prácticas y transmiten su sentido.

Que el Código de Gobierno Societario tiene como objetivo educacional que las sociedades comprendan la lógica detrás de las recomendaciones y que éstas sean recibidas como una oportunidad para mejorar su gobernanza y cultura empresarial, con beneficios operativos, reputacionales y estratégicos

Que la existencia de un Código de Gobierno Societario, en el ámbito de las emisoras que operan en el Régimen de Oferta Pública, constituye un instrumento de consulta para potenciales inversores y, asimismo, atrae a aquéllos inversores institucionales con perfil global, que sólo invierten en sociedades con estándares mínimos de buena gobernanza.

Que en lo que refiere al esquema de cumplimiento a exigir a las sociedades alcanzadas, la nueva modalidad del código es “aplique o no, explique”, es decir, una empresa que decide omitir una práctica puede, no obstante, cumplir con los estándares de buen gobierno corporativo enunciados en el Código, siempre y cuando su justificación se encuentre alineada a los principios que se intenta proteger.

Que si bien el presente Código busca generar conciencia...

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