Resolución General 2632/2009

Fecha de publicación22 Junio 2009
Fecha de disposición22 Junio 2009
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31678

Asimismo, a los fines de la constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de las garantías, se deberá observar el procedimiento dispuesto por la resolución general citada precedentemente.

El plazo de la vigencia de la/s garantía/s deberá ser por el término de CIENTO VEINTE (120) días corridos, el que podrá ser ampliado por única vez y por el mismo plazo, cuando el juez administrativo lo requiera mediante acto debidamente fundado.

Además, junto con la presentación de la/ s garantía/s antes aludida, deberán suscribirse los formularios de Requerimiento de Pago de Deuda Consolidada, por triplicado.'.

  1. Déjase sin efecto el Artículo 5º.

  2. Sustitúyese el Anexo I, por el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.

  3. Elimínase el Anexo II.

Art. 2º

Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Ricardo Echegaray.

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 2630

ANEXO I DE LA RESOLUCION GENERAL Nº 4212 (DGI) Y SUS MODIFICATORIAS SOLICITUD DE ENTREGA ANTICIPADA DE BONOS DE CONSOLIDACION DE DEUDAS Y/O DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL,

DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION GENERAL Nº 4212 (DGI) Y SUS MODIFICATORIAS Por la presente se solicita la entrega en forma anticipada de Bonos de Consolidación de Deudas y de Certificados de Crédito Fiscal, estos últimos mediante la acreditación en la cuenta corriente computarizada, por el monto total/parcial (1) de:

).

).

, dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la aceptación de la presente.

Además, se declara que no se ha incurrido en incumplimientos que den lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Artículo 10 del Decreto Nº 2054/92 y su modificatorio.

Afirmo que los datos consignados son correctos y completos y que la presente fue confeccionada sin omitir dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.

(1) Tachar lo que no corresponda.

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2632

Impuesto sobre los Bienes Personales. Ley Nº 23.966, Título VI, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Determinación e ingreso del gravamen. Resolución General Nº 2151 y sus complementarias. Norma modificatoria y complementaria.

Bs. As., 16/6/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-46-2008 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General Nº 2151 y sus complementarias, se establecieron los procedimientos...

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