Resolución General 5338/2023

Fecha de publicación30 Marzo 2023
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-00308290- -AFIP-DIFIIN#SDGFIS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General N° 4.697, sus modificatorias y complementarias, se estableció un régimen de información anual a cargo de los sujetos definidos en su artículo 1°, respecto de la titularidad o participación en el capital social o equivalente en entidades del país y del exterior, que incluye la obligación de informar a los “Beneficiarios Finales”, en línea con lo propiciado por diversos organismos internacionales -entre ellos, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)-.

Que a los efectos de optimizar la acción fiscalizadora del Organismo y, a la vez, facilitar el cumplimiento por parte de los sujetos obligados al citado régimen, resulta necesario adecuar la definición de “Beneficiario Final” contenida en la norma referida.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 2° de la Resolución General N° 4.697, sus modificatorias y complementarias, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- A los fines previstos en los puntos 1. y 2. del artículo anterior y sin perjuicio de la salvedad formulada en los párrafos tercero, cuarto y quinto de este artículo, se considera beneficiario final a la persona humana que posea el capital o los derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica -independientemente de la cantidad de títulos, acciones o valores equivalentes que posean, y de su valor nominal-, o que, por cualquier otro medio, ejerza el control directo o indirecto de dicha persona jurídica, entidad o estructura.

Cuando no se identifique a aquella persona humana que reviste la condición de beneficiario final conforme a la definición precedente, deberá informarse como beneficiario final al presidente, socio gerente, administrador o máxima autoridad de dicho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR