Resolución General 5090/2021

Fecha de publicación27 Octubre 2021
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2021

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-01078866-AFIP-DVCEGE#DGSESO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General Nº 2.927 y sus modificatorias, se fijaron Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT), presunciones que, sobre la base del principio interpretativo de preeminencia de la realidad económica permiten determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Único de la Seguridad Social, conforme lo dispuesto por la Ley N° 26.063 y sus modificaciones.

Que con la participación de los representantes del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) -ex Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC)-, de la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Transporte y Logística (FAETyL), de la Asociación de Empresas de Correo de la República Argentina (AECA), del Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anónima y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, esta Administración Federal ha elaborado nuevos IMT aplicables a la actividad de servicios postales.

Que consecuentemente, corresponde modificar el Anexo de la mencionada resolución general, a fin de incorporar los nuevos indicadores.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Anexo de la Resolución General Nº 2.927 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:

a) Incorporar en el “DETALLE DE APÉNDICES Y ACTIVIDADES QUE LOS COMPONEN”, respecto del Apéndice V, la actividad que se indica seguidamente:

“U - SERVICIOS POSTALES.”.

b) Incorporar en el Apéndice V, el siguiente apartado:

“U - SERVICIOS POSTALES

Tipología: Operadores de capital privado, sin participación estatal, que brindan servicio postal corporativo, como única actividad, para la prestación dentro del territorio nacional, contenidos en la Ley N° 20.216 y su modificatoria, Ley N° 22.005 y en el Decreto N° 1.187/93.

a) Ámbito geográfico: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)

IMT:

1. Servicio de...

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