Resolución General 5058/2021

Fecha de publicación27 Agosto 2021
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2021

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-00961560- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, prorrogado por el Decreto N° 167 del 11 de marzo de 2021, se amplió hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por Ley N° 27.541 y su modificación, debido a la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19.

Que en virtud de la emergencia declarada, se adoptaron distintas medidas destinadas a ralentizar la expansión del virus SARS-CoV-2, limitando la circulación de personas y el desarrollo de determinadas actividades, lo que produjo un impacto económico no deseado sobre empresas y familias.

Que consecuentemente se coordinaron esfuerzos y se dictaron preceptos a fin de morigerar el impacto de aquellas medidas sobre los procesos productivos y el empleo.

Que, en tal sentido, mediante el Decreto N° 332 del 1 de abril de 2020, modificado por sus similares Nº 347 del 5 de abril de 2020, Nº 376 del 19 de abril de 2020 y Nº 621 del 27 de julio de 2020, se creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, que establece diversos beneficios destinados a empleadores y trabajadores, entre los cuales se encuentra un “Crédito a Tasa Cero”.

Que si bien se observa una recuperación parcial y heterogénea de la actividad económica, aún no se han alcanzado los niveles de producción observados con anterioridad a la irrupción de la pandemia.

Que a fin de promover la reactivación económica del sector productivo, a través del Decreto N° 512 del 12 de agosto de 2021, se creó el Programa denominado “Crédito a Tasa Cero 2021”, con el objeto de asistir a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), otorgándoles un crédito a tasa cero con subsidio del CIEN POR CIENTO (100%) del costo financiero total.

Que mediante la Resolución N° 503 del 25 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se establecieron los requisitos de acceso y permanencia al referido programa y las condiciones financieras de otorgamiento del “Crédito a Tasa Cero 2021”.

Que el artículo 9° del citado Decreto N° 512/21 facultó a esta Administración Federal a dictar las normas operativas que permitan que los beneficiarios accedan al “Crédito a Tasa Cero 2021” y a realizar las verificaciones de las solicitudes presentadas por dichos sujetos y la información remitida por el MINISTERIO DE...

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