Resolución General 5056/2021

Fecha de publicación27 Agosto 2021
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2021

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-00949960- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, prorrogado por el Decreto N° 167 del 11 de marzo de 2021, se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por Ley N° 27.541 y su modificación, hasta el 31 de diciembre de 2021, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19.

Que con motivo de la emergencia declarada, inicialmente se adoptaron medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en distintas regiones del país, en función de las cuales se limitó la circulación de personas y el desarrollo de determinadas actividades a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2.

Que la adopción de las referidas medidas de “aislamiento” y “distanciamiento”, al igual que las actuales “medidas generales de prevención” implementadas por el Decreto N° 494 del 6 de agosto de 2021, han afectado y afectan la dinámica de la economía en su conjunto y, particularmente, han generado una disminución de las ventas y el nivel de facturación de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en el Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias.

Que consecuentemente, mediante el dictado de la Ley Nº 27.618 se creó el “Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes” que dispuso una serie de medidas de carácter transitorio y otras de vigencia permanente, vinculadas a la permanencia de los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), mientras que a través de la Ley N° 27.639 se implementó el “Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes” para otorgar un nuevo impulso a dicho sector a través de un mayor alivio fiscal y previsibilidad a su actividad económica.

Que las disposiciones legales mencionadas en el párrafo precedente fueron reglamentadas mediante las Resoluciones Generales Nros. 5.003 y 5.034, que establecen los plazos para ejercer la opción de permanencia o reingreso al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), los cuales se encuentran en curso.

Que mediante la Resolución General N° 4.687, sus modificatorias y complementarias, esta Administración Federal suspendió hasta el 2 de agosto...

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