Resolución General 5036/2021

Fecha de publicación28 Julio 2021
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2021

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-00811871- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ del registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- en sus artículos 41, 58 y 94 establece los requisitos para la inscripción en los respectivos registros para los importadores, exportadores y los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y, mediante los artículos 453 y siguientes, regula el régimen de garantía.

Que, dichos artículos, se reglamentaron por los artículos 4º a 7°, 12 y 13 del Decreto N° 1.001 del 21 de mayo de 1982, sus modificatorios y complementarios.

Que, a través del punto 12. del Anexo de la Resolución General Nº 2.570 y sus modificatorias, se establecen las pautas para la determinación de la solvencia económica de los importadores, exportadores y de los auxiliares del comercio y del servicio aduanero.

Que, el artículo 3° de la Resolución General N° 3.885 y sus modificatorias, determina que la solvencia de la garantía debe resultar satisfactoria para esta Administración Federal y en el apartado III de su Anexo II regula lo relativo a las garantías de actuación.

Que, mediante la Resolución General N° 5.019, se extiende el plazo para la presentación y pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2020, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y N° 2.151, y sus respectivas modificatorias.

Que la acreditación de solvencia y la presentación de nuevas garantías son requisitos que deben ser evaluados en forma conjunta para determinar la continuidad de la habilitación de los sujetos en los “Registros Especiales Aduaneros”.

Que, en virtud de lo dispuesto por la referida Resolución General N° 5.019, resulta necesario adoptar una medida excepcional a fin de prorrogar el plazo para la presentación de las garantías de actuación establecidas en el apartado III del Anexo II de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR