Resolución General 2524/2008

Fecha de publicación12 Diciembre 2008
Fecha de disposición12 Diciembre 2008
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31551

Modificación de la Resolución Nº 1810/08, en relación con la información suministrada por las Empresas Concesionarias de los Servicios de Transporte Ferroviario de Pasajeros en el Area Metropolitana de Buenos Aires.

Bs. As., 3/12/2008

VISTO el Expediente Nº SO1: 413.314/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, la Resolución Nº 1810/08, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º del ANEXO I al Decreto Nº 1388, de fecha 29 de noviembre de 1996, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, está facultada a solicitar información a las Empresas Concesionarias de los Servicios de Transporte Ferroviario de Pasajeros en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que el Artículo 2º de la Resolución Nº 712 de fecha 16 de setiembre de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha instruido a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE que determine los mecanismos necesarios para verificar su cumplimiento por parte de las Empresas Concesionarias de los Servicios de Transporte Ferroviario de Pasajeros en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que en consecuencia, por Resolución CNRT (I) Nº 1810/08 del 3 de octubre de 2008 de la COMISION DE REGULACION DEL TRANSPORTE se establecieron los procedimientos específicos que garanticen el ingreso en tiempo y forma de los fondos a que alude la Resolución Nº 712/08 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, adoptándose a tal fin una metodología en concordancia a la prevista en el Decreto Nº 678 de fecha 30 de mayo de 2006, en la Resolución Nº 1961 de fecha 20 de diciembre de 2006 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en la Resolución Conjunta Nº 18 del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y Nº 1007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, de fecha 1º de diciembre de 2000, modificada por la Resolución Nº 1170 de fecha 3 de diciembre de 2007 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que las medidas que se disponen permitirán obtener una mayor transparencia y debido control, respecto de los fondos que contempla la Resolución Nº 712/08 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que, de esta manera se dotará de un mecanismo que, con el debido cumplimiento por parte de las entidades encargadas de la administración de los fondos de las normas que regulan la operatoria, como así también el estricto control de parte de las áreas u organismos competentes, se otorgará de mayor eficacia a las decisiones que emanen de la Autoridad de Aplicación, con relación a la utilización de los fondos.

Que las operaciones deberán ser realizadas por las entidades públicas Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, o Banco Ciudad de Buenos Aires, conforme a las disposiciones administrativas internas y en cumplimiento de las normas que emanan del Banco Central de la República Argentina. En ese sentido, y para el caso en que la operatoria determine la necesidad de la intervención de entes y/o sociedades específicas que las mencionadas entidades posean al efecto, se estima necesario incluirlas en la presente resolución.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, y por el Artículo 1º del Decreto Nº 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1º

Sustitúyese el inciso b) del punto 3) del ANEXO I de la Resolución Nº 1810 de fecha 3 de octubre de 2008, de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, por el siguiente texto:

'b) Fiduciario: el Banco de la Nación Argentina, el Banco de la Provincia de Buenos Aires o el Banco Ciudad de Buenos Aires, o los entes y/o sociedades específicas que las entidades mencionadas posean al efecto, con el compromiso de aplicarlo de acuerdo a las autorizaciones emanadas de la Autoridad de aplicación' Art. 2º -- Notifíquese a las Empresas METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA y FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA...

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