Resolución General 4804/2020

Fecha de publicación31 Agosto 2020
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2020

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00544505- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.556 se dispuso, con base en la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, la reestructuración de la deuda del Estado Nacional instrumentada en determinados títulos públicos denominados en dólares estadounidenses emitidos bajo ley de la República Argentina allí detallados –Títulos Elegibles-, mediante una operación de canje a ser llevada a cabo con los alcances y en los términos y condiciones previstos en el Anexo II de la citada ley.

Que el Decreto N° 676 del 15 de agosto de 2020, cumpliendo una previsión contenida en la mencionada ley, estableció la adecuación de los Anexos II y III de la aludida norma, con los términos de los Anexos III (IF-2020-53843596-APN-SSF#MEC) y IV (IF-2020-53843620-APN-SSF#MEC) allí aprobados.

Que, los tenedores de los Títulos Elegibles cuyas órdenes de canje son aceptadas pueden optar por recibir en la fecha de liquidación los siguientes títulos: “BONO USD 2030 L.A.”, “BONO USD 2035 L.A.”, “BONO USD 2038 L.A.” y “BONO USD 2041 L.A.” o “BONCER 2026 2,00%” y “BONCER 2028 2,25%”, en los términos y condiciones que se describen en las normas mencionadas.

Que mediante la Resolución N° 381 del 17 de agosto de 2020 el Ministerio de Economía, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la norma a que se alude en el primer párrafo del considerando, aprobó el procedimiento para llevar a cabo la operación de canje local y designó a la Caja de Valores S.A. (C.U.I.T N° 30-55447591-0) como Agente de Canje.

Que los tenedores de Títulos Elegibles pueden presentar sus ofertas de adhesión durante el Período de Aceptación Temprana o Tardía de la Oferta.

Que de acuerdo con el Cronograma de la Oferta aprobado, el comienzo de la oferta se produjo el día de la publicación de la mencionada resolución en el Boletín Oficial, el Período de Aceptación Temprana de la oferta “desde el Comienzo y hasta el 1 de septiembre de 2020, inclusive” y el Período de Aceptación Tardía de la Oferta se fijó “desde el 2 de septiembre de 2020 hasta el 15 de septiembre de 2020, inclusive”.

Que la caución de títulos públicos constituye un instrumento de garantía aceptado por la Administración Federal de Ingresos Públicos en los términos del art. 455, inc. b) de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, y la Resolución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR