Resolución General 4624/2019

Fecha de publicación04 Noviembre 2019
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2019

VISTO la Resolución General N° 2.570, sus modificatorias y su complementaria, la Resolución General Conjunta N° 4.263 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba y sus complementarias, el Convenio Marco de Cooperación entre la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y la Administración Federal de Ingresos Públicos del 15 de noviembre de 2018 y la Resolución General N° 5 del 10 de julio de 2019 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General N° 2.570, sus modificatorias y complementarias, implementó el “Registro Tributario” de carácter general que contiene los datos necesarios para identificar a las personas humanas y jurídicas y a los demás sujetos susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones de carácter tributario, en materia aduanera, impositiva y/o de los recursos de la seguridad social.

Que la Resolución General Conjunta N° 4.263 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba y sus complementarias, aprobó el “Sistema Único Tributario”, con el fin de unificar los trámites del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias provinciales que adhieran al mismo, con relación a sus regímenes tributarios simplificados.

Que en ese orden, mediante el Convenio Marco de Cooperación mencionado en el Visto se acordó el desarrollo de un registro único tributario, como herramienta de actualización del padrón de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de carácter federal a fin de simplificar los procesos, evitar la doble carga de información y permitir un mayor ordenamiento respecto de los sistemas de recaudación.

Que el aludido registro tiende a la instrumentación de una ventanilla única entre los organismos dependientes de los distintos niveles de gobierno (Administración Federal de Ingresos Públicos, Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, Rentas de cada jurisdicción y Municipios), propendiendo además a la utilización de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) como identificador de los contribuyentes y del nomenclador de actividades económicas de la Administración Federal de Ingresos Públicos compatibilizándolo con el código “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación” de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

Que a través de la Resolución General N° 5 del 10 de julio...

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