Resolución General 4545/2019

Fecha de publicación08 Agosto 2019
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2019

VISTO la Ley N° 24.331 y sus modificaciones, el Decreto N° 1.388 del 12 de septiembre de 2013, la Resolución N° 898 del 25 de junio de 1995, sus modificatorias y complementarias del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y las Resoluciones Generales N° 270 y sus modificatorias, N °4.340 y N° 4.399, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.331 y sus modificaciones regula los objetivos, actividades, funciones, autoridades y el tratamiento fiscal y aduanero de las Zonas Francas.

Que el Artículo 9° de la referida ley faculta al Poder Ejecutivo Nacional para autorizar operaciones de comercio al por menor en una zona franca en ciudades y pueblos fronterizos con países limítrofes que posean zonas francas en cualquier lugar de su territorio cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Que el Artículo 2° del Decreto N° 1.388/13 autoriza el régimen de operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en la Zona Franca de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.

Que la Resolución N° 898/95 (MEyOSP), sus modificatorias y complementarias, readecúa el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la zonas francas en cuestión.

Que a su vez, el Artículo 1° de la Resolución N° 31 del 13 de febrero de 2014 del entonces Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y sus modificatorias, indica que atento a lo previsto por el Artículo 9º de la Ley Nº 24.331 y sus modificaciones y a lo establecido por el Decreto Nº 1.388/13 se encuentran permitidas las operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en la Zona Franca de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.

Que la Resolución General N° 270 y sus modificatorias establece las normas relativas a la habilitación, funcionamiento y control de las zonas francas.

Que la Resolución General N° 4.340 habilita y delimita la Zona Franca y Zona Primaria Aduanera de Río Gallegos.

Que la Resolución General N° 4.399 habilita el área para la realización de operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en el predio de la Zona Franca en trato.

Que mediante la Nota NO-2019-12616192-APN-SSFC#MPYT la Subsecretaría de Facilitación del Comercio del Ministerio de Producción y Trabajo eximió de toda restricción de carácter económico creada, o a crearse, así como las intervenciones de terceros Organismos que rigen para el Régimen General de Importación, a las mercaderías de origen extranjero adquiridas al por menor en los locales...

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