Resolución General 11/2008

Fecha de disposición28 Noviembre 2008
Fecha de publicación28 Noviembre 2008
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31542

OTROS SERVICIOS PUBLICOS, CONSUMO Y VIVIENDA DE LEZAMA LIMITADA (CUIT 3054575374-6) Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Art. 2º

Regístrese a nombre de la COOPERATIVA DE PROVISION DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS, CONSUMO Y VIVIENDA DE LEZAMA LIMITADA (CUIT 3054575374-6), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4. del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de Valor Agregado.

Art. 3º

Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto Nº 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o.

Decreto Nº 1883/91).

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas.

Secretaría de Empleo PROGRAMAS DE EMPLEO Resolución 825/2008

Apruébase el Circuito Operativo para el reconocimiento de gastos en la formación teórica de jóvenes incluidos en prácticas calificantes en ambientes de trabajo, aprobadas en el marco del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo.

Bs. As., 19/11/2008

VISTO el Expediente Nº 1.263.873/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 497 del 13 de mayo de 2008, la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 262 del 13 de junio de 1995 y sus modificatorias y complementarias, y la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 261 del 13 de mayo de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 497 del 13 de mayo de 2008 se creó el PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO con el objetivo de generar oportunidades de inclusión social y laboral de las y los jóvenes a través de acciones integradas que les permitan identificar el perfil profesional en el cual deseen desempeñarse, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y/o de prácticas calificantes en ambientes de trabajo, iniciar una actividad productiva de manera independiente o insertarse en un empleo.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 261 del 13 de mayo de 2008 se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO, estableciéndose los circuitos de implementación e instrumentos operativos para la inclusión de las y los jóvenes en prácticas calificantes en ambientes de trabajo.

Que los proyectos de prácticas calificantes en ambientes de trabajo a desarrollarse en el marco del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO deben integrar un período de formación teórica y otro de formación en el puesto de trabajo.

Que el Reglamento Operativo del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 261/2008 prevé el reconocimiento por parte del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de los gastos en que incurran las empresas en el proceso de formación teórica de las y los jóvenes por hasta un monto de PESOS SESENTA ($ 60) por hora/capacitador.

Que deviene necesario establecer las pautas y procedimientos administrativos necesarios para la acreditación, reconocimiento y pago de tales gastos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 19 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 497/08.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el Circuito Operativo para el reconocimiento de gastos en la formación teórica de jóvenes incluidos en prácticas calificantes en ambientes de trabajo aprobadas en el marco del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO, que como ANEXO forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Enrique Deibe.

ANEXO CIRCUITO OPERATIVO PARA EL RECONOCIMIENTO DE GASTOS EN LA FORMACION TEORICA DE JOVENES INCLUIDOS EN PRACTICAS CALIFICANTES EN AMBIENTES DE TRABAJO -- CAPITULO I -CRITERIOS GENERALES El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL reconocerá los gastos incurridos en la formación teórica de las y los jóvenes por las empresas responsables de prácticas calificantes en ambientes de trabajo cuando el...

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