Resolución General 4481/2019

Fecha de publicación14 Mayo 2019
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
undefinedCiudad de Buenos Aires, 13/05/2019

VISTO las Resoluciones Generales Nros. 2.080 y sus modificaciones, 4.233, 4.311 y 4.312, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 501 del 31 de mayo de 2018 sustituyó el decreto reglamentario de la Ley N° 23.966, Título III de los Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

Que el citado decreto introdujo nuevas definiciones fiscales de los productos gravados por los impuestos.

Que atendiendo a razones de orden operativo y de administración tributaria, resulta aconsejable actualizar la nómina de productos gravados en las operaciones de importación y establecer nuevos anticipos para determinados conceptos alcanzados por el impuesto.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones, y las Direcciones Generales Impositiva y de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 11, 21 y 23 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el Artículo 14 del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por los Artículos 5°, 10 y 20 del Anexo del Decreto N° 501 del 31 de mayo de 2018 y por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 2.080 y sus modificaciones, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustitúyese en los Artículos 3° y 4° y en los Anexos II, III y IV la expresión “… formulario de declaración jurada N° 140/A …”, por la expresión “… formulario de declaración jurada N° 140/B …”.

2. Sustitúyese en el Anexo I “NOTAS ACLARATORIAS Y CITAS DE TEXTOS LEGALES” la nota aclaratoria (3.1.), por la siguiente:

“(3.1.) Secciones/Subsecciones del “Régimen”:

1. Operaciones del “RÉGIMEN DE OPERADORES DE COMBUSTIBLES EXENTOS Y/O CON TRATAMIENTO DIFERENCIAL POR DESTINO GEOGRÁFICO”:

1.1. Empresas de transporte marítimo y fluvial.

1.2. Empresas de transporte terrestre.

1.3. Empresas ferroviarias.

1.4. Empresas de transporte aéreo.

2. “RÉGIMEN DE OPERADORES DE HIDROCARBUROS BENEFICIADOS POR DESTINO INDUSTRIAL”:

2.1. Empresas de transporte marítimo y fluvial.

2.2. Empresas de...

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