Resolución General 4464/2019

Fecha de publicación22 Abril 2019
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2019

VISTO la Resolución General N° 1.800 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General N° 1.800 y su modificatoria, se establecieron los procedimientos de registro y tramitación del Aviso de Carga a través del Sistema Informático MALVINA (SIM) para determinadas destinaciones aduaneras.

Que por la modificación a la estructura organizativa de esta Administración Federal se crearon nuevas unidades en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, eliminándose la unidad orgánica denominada Dirección de Control, en el ámbito de la Dirección General de Aduanas.

Que en virtud de ello, resulta conveniente modificar la citada Resolución General N° 1.800 y su modificatoria, a fin de indicar las áreas que actualmente resultan competentes para intervenir en los procedimientos relativos al Aviso de Carga.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Control Aduanero, de Operaciones Aduaneras del Interior, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 1.800 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación:

a) Sustitúyese el Artículo 4°, por el siguiente:

“ARTÍCULO 4°.- La Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y las Direcciones Regionales Aduaneras -en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior- y la Subdirección General de Control Aduanero designarán, en su carácter de áreas de control de los Avisos de Carga, a las dependencias encargadas de llevar a cabo las funciones relativas a los procedimientos de registro y tramitación de los referidos avisos en sus correspondientes jurisdicciones aduaneras.

Las citadas Subdirecciones Generales dictarán las instrucciones complementarias que se requieran para establecer el tratamiento a otorgar al Aviso de Carga.”.

b) Sustitúyese en el Anexo III, el punto 2.1.7., por el que se consigna a continuación:

“2.1.7. De haberse incurrido en un error en el registro de alguno de los datos declarados en el...

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