Resolución General 4416. Seguridad Social. Declaración en línea. Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS. Resolución General N° 4.393. Norma modificatoria y complementaria.

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2019

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4416/2019

Seguridad Social. Declaración en línea. Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS. Resolución General N° 4.393. Norma modificatoria y complementaria.

Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2019

VISTO, el Decreto N° 1.067 del 22 de noviembre de 2018 y la Resolución General N° 4.393, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.067/18 dispuso \u2013en uso de las facultades conferidas por el Artículo 173 de la Ley N° 27.430 y su modificación- que los empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería, apliquen la detracción prevista en el Artículo 4° del Decreto N° 814/01 y sus modificatorios, en un CIEN POR CIENTO (100%) para las contribuciones devengadas a partir del 1 de noviembre de 2018 y hasta el día 31 de diciembre de 2019, ambas fechas inclusive.

Que la Resolución General N° 4.393 implementó la readecuación de los sistemas informáticos de este Organismo a efectos de receptar las modificaciones legales vinculadas a la determinación de las obligaciones con destino a la seguridad social, teniendo en consideración la disposición normativa señalada en el considerando precedente.

Que en virtud de razones operativas que motivan demoras en el trámite de aprobación del beneficio por la respectiva autoridad de aplicación y a fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones, resulta aconsejable extender a los períodos devengados noviembre y diciembre de 2018, y enero de 2019 la posibilidad de rectificar la declaración jurada determinativa y nominativa de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, hasta el 31 de marzo de 2019, cuando dicha demora impida al contribuyente hacer uso del beneficio en los períodos aludidos.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social y de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, y la Dirección General de los...

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