Resolución General 2500/2008

Fecha de publicación06 Octubre 2008
Fecha de disposición06 Octubre 2008
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31504

Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 2500

Redelimitación de Zonas Primarias Aduaneras en

jurisdicción de la División Aduana de San Martín de los Andes.

Resolución General Nº 206. Su sustitución.

Bs. As., 1/10/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12233-38-2006/1 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación se tramita la

redelimitación de la Zona Primaria Aduanera Hua Hum, en jurisdicción de

la División Aduana de San Martín de los Andes, cuyos límites fueron

fijados por la Resolución General Nº 206.

Que la Administración de Parques Nacionales solicitó

la desafectación parcial de una fracción de terreno de la mencionada

zona primaria aduanera, que oportunamente había sido cedida por la

aludida administración al servicio aduanero, atento a la existencia de

un sitio histórico adyacente al lugar y al replanteo de la circulación

de personas y vehículos requerido por la creciente actividad turística

en la zona.

Que resulta necesario modificar los límites fijados

para la Zona Primaria Aduanera Hua Hum, a fin de adecuarla a las

características de la operatoria actual y a efectos de ejercer un mejor

control en dicho ámbito.

Que para ello se ha tenido en cuenta la Resolución

General Nº 355, la cual establece los criterios y normas de

procedimientos administrativos que se deben observar a fin de la

delimitación de las zonas primarias aduaneras en las Aduanas del

Interior.

Que en la constatación de los nuevos límites

establecidos han intervenido la Dirección Regional Aduanera Bahía

Blanca y la División Aduana de San Martín de los Andes.

Que los perímetros propuestos reúnen las condiciones

requeridas para su determinación como zona primaria aduanera, en los

términos del Artículo 5º del Código Aduanero.

Que han tomado la intervención que les compete la

Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos

Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras del

Interior y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las

facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de

julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Determínanse los límites

de las Zonas Primarias Aduaneras en jurisdicción de la División Aduana

de San Martín de los Andes...

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