Resolución General 4115-E. Impuesto a las Ganancias. Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). Confección y presentación de estados contables. Resolución General N° 3.077, su modificatoria y sus complementarias. Norma complementaria.

Fecha de disposición01 Septiembre 2017
Fecha de publicación01 Septiembre 2017
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

IMPUESTOS

Resolución General 4115-E

Impuesto a las Ganancias. Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). Confección y presentación de estados contables. Resolución General N° 3.077, su modificatoria y sus complementarias. Norma complementaria.

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2017

VISTO la Ley N° 27.349, la Resolución General N° 3.077, su modificatoria y sus complementarias y la Resolución General N° 6 del 26 de julio de 2017 de la Inspección General de Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Título III de la ley del VISTO se creó un nuevo tipo societario denominado Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), previendo -en su Artículo 58- que las aludidas sociedades deberán llevar contabilidad y confeccionar sus estados contables que comprenderán su estado de situación patrimonial y un estado de resultados que deberán asentarse en el libro de inventario y balances.

Que asimismo, dispuso que será esta Administración Federal la que determinará el contenido y forma de presentación de dichos estados contables a través de aplicativos o sistemas informáticos o electrónicos de información abreviada.

Que la Resolución General N° 3.077, su modificatoria y sus complementarias, estableció -entre otras cuestiones- que los contribuyentes y/o responsables indicados en los incisos a), b), c) y en el último párrafo, del Artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y los fideicomisos referidos en el inciso incorporado a continuación del inciso d) del citado artículo, que lleven un sistema contable que les permita confeccionar balances en forma comercial, se encuentran obligados a presentar anualmente ante este Organismo, la memoria, estados contables e informe del auditor del respectivo período fiscal, los que deberán ser confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes.

Que por su parte, mediante el Artículo 47 del Anexo A de la Resolución General N° 6/2017 (IGJ) se dispuso que las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) deberán llevar contabilidad y confeccionar sus estados contables de conformidad con las normas contables vigentes, en la medida que sean compatibles con...

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