Resolución General 4090-E. Procedimiento. IVA. Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas. Resolución General N° 3.873. Norma modificatoria.

Fecha de disposición10 Julio 2017
Fecha de publicación10 Julio 2017
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4090-E

Procedimiento. IVA. Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas. Resolución General N° 3.873. Norma modificatoria.

Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2017

VISTO la Resolución General N° 3.873, sus modificatorias y sus complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma dispuso la creación de un registro fiscal y diferentes regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención del impuesto al valor agregado, aplicables sobre la producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas y/o bubalinas.

Que teniendo en cuenta las particularidades del sector y atendiendo a razones de administración tributaria, resulta aconsejable adecuar determinados aspectos de la mencionada resolución general.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° Modifícase la Resolución General N° 3.873, sus modificatorias y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese el Artículo 36, por el siguiente:

"ARTÍCULO 36.- Están obligados a actuar como agentes de retención, cuando realicen operaciones con responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, los sujetos que a continuación se detallan:

a) Compradores de cueros crudos (frescos y salados) por las operaciones de compras de los mismos.

Cuando las operaciones se realicen mediante la intervención de comisionistas/consignatarios, el monto retenido a dichos sujetos deberá ser asignado por éstos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR