Resolución General 4030-E. Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención. Resoluciones Generales N° 2.442 y 4.003-E. Norma modificatoria.

Fecha de disposición25 Abril 2017
Fecha de publicación25 Abril 2017
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

IMPUESTOS

Resolución General 4030-E

Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención. Resoluciones Generales N° 2.442 y 4.003-E. Norma modificatoria.

Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2017

VISTO las Resoluciones Generales N° 2.442 y sus complementarias y N° 4.003-E, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General N° 2.442 y sus complementarias, implementó un régimen especial de retención del impuesto a las ganancias, a cargo de la Asociación Argentina de Actores respecto de las retribuciones que perciben los actores a través de dicho agente pagador.

Que por su parte, la Resolución General N° 4.003-E sustituyó el régimen de retención del mencionado impuesto, establecido por su par N° 2.437, sus modificatorias y complementarias, aplicable a las rentas comprendidas en los incisos a), b), c) -excepto las correspondientes a los consejeros de las sociedades cooperativas-, y e) del Artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Que en atención a inquietudes planteadas por representantes de los contribuyentes involucrados en el régimen de retención aludido en el considerando anterior, se estima conveniente efectuar determinadas adecuaciones a los fines de facilitar su aplicación.

Que asimismo, razones de administración tributaria aconsejan elevar a QUINIENTOS MIL PESOS ($ 500.000.-) el importe a partir del cual los actores comprendidos en las previsiones de la Resolución General N° 2.442 y sus complementarias, deberán informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y pagos a cuenta.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación, de Servicios al Contribuyente y de Técnico Legal Impositiva, y la Dirección General...

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