Resolución General 3771

Fecha de disposición07 Mayo 2015
Fecha de publicación12 Mayo 2015
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta33127



ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 3771

Exámenes y certificaciones para postulantes a Despachante de Aduana, Agente de Transporte Aduanero o Apoderados Generales. Excepción de contenidos teóricos. Régimen transitorio.

Bs. As., 7/5/2015

VISTO la Resolución General N° 3.710, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada resolución general se establecieron los procesos para la acreditación de conocimientos específicos en materia aduanera por parte de quienes pretendan desempeñarse como Despachante de Aduana, Agente de Transporte Aduanero o sus Apoderados Generales.

Que se ha detectado la existencia de un universo de sujetos que habiendo completado carreras vinculadas al comercio exterior en instituciones universitarias o terciarias, con anterioridad a la vigencia de dicha normativa no iniciaron el procedimiento de reconocimiento de conocimientos conforme lo previsto en la anterior reglamentación.

Que a fin de contemplar la situación de estos sujetos procede establecer un régimen transitorio que les permita acreditar el reconocimiento de sus conocimientos teóricos a los fines de obtener el pertinente certificado de auxiliar del servicio aduanero en las condiciones anteriormente reguladas.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL

DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Establecer un régimen transitorio mediante el cual se admita, por única vez, una excepción de contenidos teóricos para los exámenes de los postulantes a Despachante de Aduana, Apoderado General de Despachante de Aduana, Agente de Transporte Aduanero y Apoderado General de Agente de Transporte Aduanero regulados por la Resolución General N° 3.710.

Art. 2°

— A los fines dispuestos en el Artículo 1° los postulantes deberán acreditar haber egresado de carreras universitarias o terciarias reconocidas oficialmente por el Ministerio de Educación con anterioridad a la vigencia de la mencionada resolución general y manifestar su voluntad de acogimiento al régimen transitorio hasta el día 15 de junio de 2015, a través del...

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