Resolución General 1/2012

Fecha de disposición17 Enero 2012
Fecha de publicación31 Enero 2012
SecciónResoluciones Generales

Bs. As., 17/1/2012

VISTO lo actuado en el Expediente N° 2740748/5099376 del Registro de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 22.315 dispone en su artículo 6° inciso a) la facultad de requerir información y todo documento que estime necesario para el ejercicio de su función fiscalizadora.

Que en particular, el artículo 9° de la citada ley, confiere a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA las atribuciones del Decreto N° 142.277/43 y sus modificatorias respecto de las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras.

Que la Ley 25.246 y modificatorias en su artículo 20, inciso 13 determina a las sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro como sujetos obligados a informar a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (UIF) en los términos del artículo 21 del mismo cuerpo legal.

Que el artículo 20 del Decreto N° 290/07 faculta a la UIF a determinar el procedimiento y oportunidad a partir de la cual los sujetos obligados cumplirán ante ella el deber de informar que establece el artículo 20 de la Ley 25.246.

Que la Resolución UIF N° 34/11 regula las medidas y procedimientos que las sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro deberán llevar a cabo en función de la prevención de los delitos de Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Que la Resolución General IGJ N° 26/04 y sus modificatorias establece las normas sobre sistemas de capitalización y ahorro para fines determinados.

Que la Resolución UIF N° 29/2011 establece las medidas y procedimientos que los Registros Públicos de Comercio y los Organismos Representativos de Fiscalización y Control de las Personas Jurídicas deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, omisiones u operaciones que puedan estar vinculados a la comisión de los delitos de Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo. A tales fines la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA se encuentra obligada a dictar medidas que deberán cumplimentar los sujetos que se encuentran bajo la órbita de control del organismo.

Que es menester establecer para las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras, a partir del 1° de marzo de 2012, la obligación de presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de...

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