Resolución General 3154/2011

Fecha de disposición29 Julio 2011
Fecha de publicación29 Julio 2011
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta32202

Viernes 29 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.202 12

RESOLUCIONES Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Pesca ARANCELES Resolución 654/2011

FÃjanse los montos en concepto de retribución al personal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria por servicios extraordinarios requeridos por particulares, en tareas vinculadas con la fiscalización de calidad y estado sanitario.

Bs. As., 25/7/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0287801/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto N'º' 6610 de fecha 13 de abril de 1956, la Resolución N'º' 579 del 26 de agosto de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N'º' 6610 de fecha 13 de abril de 1956, se definió como servicio extraordinario requerido a aquel servicio relacionado con las tareas vinculadas con la fiscalización para certificar calidad o estado sanitario, a solicitud de particulares, brindado fuera del horario oficial establecido en dÃas no laborables para la Administración Pública Nacional.

Que en virtud de lo establecido por el ArtÃculo 11 del citado Decreto N'º' 6610/56, se dispuso que el entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, debÃa liquidar mensualmente las sumas devengadas en concepto de servicios extraordinarios que brinda a terceros.

Que actualmente dicha función es asumida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por la Resolución N'º' 579 del 26 de agosto de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, se fijaron los montos para el personal del precitado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada ex SecretarÃa del mencionado ex Ministerio, en concepto de retribución por servicios extraordinarios requeridos por particulares.

Que a través del Acta de fecha 31 de mayo de 2010 suscripta en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N'º' 214 del 27 de febrero de 2006, se aceptó la pauta de incremento salarial para el personal de su ámbito.

Que en tal sentido, y en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N'º' 40 del 25 de enero de 2007, de aplicación al personal permanente y no permanente del referido Servicio Nacional, corresponde hacer extensivo dicho incremento a las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes.

Que la situación mencionada en el considerando anterior trajo aparejado el crecimiento del gasto operativo del Organismo mencionado.

Que atento a lo expuesto procede fijar el nuevo valor hora para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en concepto de retribución por servicios extraordinarios requeridos por particulares, en tareas vinculadas con la fiscalización para certificar calidad y estado sanitario fuera del horario oficial y en reemplazo de los oportunamente establecidos mediante la citada Resolución N'º' 579/09.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas al suscripto por el ArtÃculo 2'º del Decreto N'º' 6610 de fecha 13 de abril de 1956 y conforme a lo establecido por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — FÃjase para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el valor nominal por hora de PESOS CUARENTA Y CUATRO ($' 44.-) en concepto de retribución por servicios extraordinarios requeridos por particulares, en tareas vinculadas con la fiscalización para certificar calidad y estado sanitario fuera del horario oficial.

Art. 2

'º — Establécese que la distribución del valor nominal de hora de servicio extraordinario fijado en el ArtÃculo 1'º de la presente resolución, será efectuada por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme las CategorÃas de revista del personal de su jurisdicción establecida en su Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N'º' 40 del 25 de enero de 2007.

Art. 3

'º — El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA instrumentará los mecanismos de liquidación de servicios extraordinarios requeridos por particulares conforme las previsiones de los ArtÃculos 4'º, 5'º, 6'º, 7'º, 9'º y 11 del Decreto N'º' 6610 del 13 de abril de 1956.

Art. 4

'º — Cuando el servicio extraordinario requerido deba cumplirse fuera del asiento habitual de funciones del personal, será compatible con el pago de viáticos cuando se trate de un lugar alejado a más de CINCUENTA KILOMETROS (50 km.) del mismo, asà como también con la extensión de la respectiva orden de pasaje, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N'º' 1343 de fecha 30 de abril de 1974 y sus modificatorios.

Art. 5

'º — Abrógase la Resolución N'º' 579 del 26 de agosto de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION.

Art. 6

'º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del dÃa 11 del mes siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oficial.

Art. 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Julián A. DomÃnguez.

Ministerio de Seguridad INMUEBLES Resolución 589/2011

Acéptase la donación sin cargo de un inmueble, ubicado en la ciudad de San Antonio de Oeste de la Provincia de RÃo Negro, al Estado Nacional Argentino - Ministerio de Seguridad - Prefectura Naval Argentina.

Bs. As., 25/7/2011

VISTO el expediente CUDAP N'º' S01:

0310516/2005, Expediente N'º' 3059 Letra S-c.v./03 del registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, lo informado por el señor Prefecto Nacional Naval, y CONSIDERANDO:

Que el señor Prefecto Nacional Naval solicita la aceptación de la donación de un inmueble, que se designa como Lote CERO UNO (01), de la Manzana DOSCIENTOS VEINTITRES (223), con una superficie de DOS MIL SETECIENTOS CATORCE METROS CON SESENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (2714,62 m2 ), ubicado en la ciudad de San Antonio Oeste, Departamento San Antonio Oeste de la Provincia de RÃo Negro, según mensura realizada en Plano caracterÃstica 166/99, aprobado por la DIRECCION GENERAL DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL de la Provincia de RÃo Negro, con fecha 4 de junio de 1999, destinado al asiento de la PREFECTURA SAN ANTONIO OESTE de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que la donante, MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE formalizó el acto mediante Ordenanza Municipal N'º' 2033 de fecha 24 de enero de 2003, promulgada por Decreto Municipal N'º' 284 de fecha 6 de febrero de 2003.

Que la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA está en posesión del inmueble desde el año 1910.

Que de acuerdo a lo establecido en los artÃculos 1144, 1792 y 1810 último párrafo, del Código Civil, es menester a los fines del perfeccionamiento del referido acto jurÃdico proceder a su aceptación.

Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en el artÃculo 7'º del Decreto N'º' 914 de fecha 26 de abril de 1979, en materia de donaciones inmobiliarias.

Que intervino el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONABE), en orden a lo establecido en el...

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