Resolución General 21. Declaración Jurada. Vencimiento. Período Fiscal 2017.

Fecha de disposición25 Noviembre 2016
Fecha de publicación25 Noviembre 2016
SecciónResoluciones Generales

Resolución General 21/2016

Declaración Jurada. Vencimiento. Período Fiscal 2017.

Buenos Aires, 16/11/2016

VISTO y CONSIDERANDO:

Que es conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para la presentación y pago de la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al universo de contribuyentes que liquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral.

Que en virtud de la decisión de utilizar el número de CUIT como identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, se torna necesario que los vencimientos se determinen por el dígito verificador de dicho número de CUIT.

Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2017.

Que, asimismo, resulta necesario fijar la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2016.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL

(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Establecer para el período fiscal 2017, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.

ARTÍCULO 2°

Establecer que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada --Formulario CM05-- correspondiente al período fiscal 2016 operará el 30 de junio, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 del anexo de la...

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