Resolución General 11/2020

Fecha de publicación18 Agosto 2020
SecciónResoluciones Generales
EmisorCOMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77


Ciudad de Buenos Aires, 12/08/2020

VISTO:

La Resolución General (C.A.) N.° 2/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución citada en el Visto, la Comisión Arbitral aprobó el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Que en dicha resolución se establece que la función de la Comisión Arbitral se limita, exclusivamente, al desarrollo, administración y/o coordinación del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Que son las jurisdicciones adheridas las encargadas de fijar las reglas de funcionamiento y/u operatividad del sistema informático y las demás pautas comunes que permitan el funcionamiento armonizado de los regímenes locales que operarán a través del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Que en este orden, corresponde introducir modificaciones a la resolución antes mencionada, para receptar las reglas y/o pautas básicas acordadas por las jurisdicciones adheridas en relación a los contribuyentes alcanzados y al procedimiento de los agentes de recaudación. Asimismo, es necesario establecer precisiones sobre el procedimiento de modificación de dichas reglas y/o pautas a través del Comité de Administración SIRTAC creado por el artículo 4° de la Resolución General (C.A.) N.° 2/2019.

Que el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC resultará de aplicación para quienes revistan o asuman la calidad de contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos –comprendidos en las normas del Convenio Multilateral y/o locales– en las jurisdicciones adheridas y, también, podrán estar alcanzados aquellos sujetos pasibles que sin haber informado su situación fiscal al agente de retención, realicen con habitualidad actividades económicas alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos, en una o más jurisdicciones adheridas.

Que a los efectos de contar con un cuerpo integrado de la normativa relacionada con el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”, se aprueba a través de la presente el texto ordenado de la Resolución General (C.A.) N.° 2/2019.

Que se ha dado intervención a Asesoría.

Por ello:

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/08/77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 3º de la Resolución General (C.A.) N.º 2/2019, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 3º.- Las jurisdicciones adheridas serán las encargadas de fijar las reglas de funcionamiento y/u operatividad del sistema informático y las demás...

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