Resolución Epre n° 45/06
Emisor | Ente Provincial Regulador Electrico |
Fecha de la disposición | 22 de Marzo de 0007 |
RESOLUCIÓN EPRE N° 45/06
Mendoza, 23 de marzo de 2.006
Acta N° 063/06 - Asunto: Delegación de funciones - Gerencia de Usuarios
Visto: El Expte. Nº
057/06 "Delegación de Funciones - Gerencia de Usuarios"
CONSIDERANDO:
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Que la actividad de control ejercida por este organismo no solo se ha limitado a aspectos operativos
y funcionales del servicio en sus múltiples facetas, sino que se extiende a complejas actividades a las que se encuentra avocado,
que involucran cuestiones de alta especialización y cuyos contenidos y alcances fácilmente puede advertirse de la actividad formalizada a través de Actas y Reuniones de Directorio concretadas hasta la fecha.
Que del análisis de la temática que hasta la fecha ha sido motivo de pronunciamiento del Directorio, se advierten algunas cuestiones en las que la función se limita
a la comprobación de circunstancias técnicas o fácticas y en las que existen lineamientos de acción establecidos en Resoluciones pronunciadas en casos análogos, en los que resulta procedente la delegación. En este marco se han inscripto, por otra parte,
las resoluciones Nº 112/99 y 379/04 dictadas por el Directorio del EPRE. Ambos dispositivos, emitidos en ejercicio de la facultad expresamente conferida por el art. 54 inc. r de la ley 6.497.
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Que en este marco que brevemente se ha descripto, este Directorio considera oportuno y conveniente establecer mecanismos que permitan descongestionar la actividad del Directorio a fin de posibilitar su avocamiento en pleno a las temáticas de mayor relevancia y que tienen incidencia directa en políticas regulatorias que el momento requiere, otorgándole dinamisno a cuestiones que, por otra parte, gozan de la tutela del régimen regulatorio específico (art. 54 inc. a de la ley 6.497) y
la Constitución Nacional
(art. 42 ), como es el caso de las decisiones vinculadas a los reclamos que los usuarios del sistema eléctrico formulan ante el EPRE.
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Que las actividades enunciadas precedentemente pueden calificarse como delegables en los términos del Art. 7 de la Ley 3.909...
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