Resolución Epre

EmisorDirectorio Epre
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2010

RESOLUCIÓN EPRE

Nº 202/10

Mendoza, 11 de Noviembre de 2010

Acta N° 200/10 - Asunto: Expte. Nº 826-E-07. Denuncia infracción de EDEMSA Prestación de servicio

Viato: El Expte. EPRE N° 826-E-07, caratulado "Denuncia Infraccion de EDEMSA a Ley 6497 t.o. (Arts. 6.31), Contrato de Concesión (Art. 2, 13, 21 y 22), Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones

(puntos 1, 6.3), y Reglamento de Suministro (Art. 6 inc a; 9 incs. a y f)".

CONSIDERANDO:

  1. Que en los presentes obrados se han formulado cargos a EDEMSA por incumplimiento de las obligaciones establecidas en los Arts. 2º; 13º, 21º y 22º del Contrato de Concesión y los puntos 1 y 6.3 de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones como así también en los Artículos 6 y 9 del Reglamento de Suministro. La normativa descripta regula la obligación de la Distribuidora de satisfacer toda la demanda de provisión de servicio de electricidad dentro del área, no pudiendo eximirse de esta responsabilidad, aduciendo el abastecimiento insuficiente de energía eléctrica. Debiendo por tal motivo realizar las inversiones necesarias para asegurar la prestación del Servicio Público conforme al nivel de calidad exigido por las Normas de calidad respectivas. A su vez, tiene la obligación de responsabilizarse por todos los daños y perjuicios causados a terceros y/o bienes de propiedad de éstos como consecuencia de la ejecución del contrato y/o el incumplimiento de las obligaciones asumidas conforme al mismo y/o la prestación del Servicio Público.

    Que los cargos son formulados a partir de lo informado por la Gerencia de Control de Calidad y Auditoría a fs. 01/07, en función de las deficiencias en la prestación del servicio eléctrico brindado por EDEMSA, lo que afecta directamente los niveles de calidad de Servicio Técnico prestado a sus usuarios cuyos suministros se abastecen desde el Alimentador MT Víctor Hugo en general y desde el CT MT/BT Nº I2352 en particular.

    Que la Distribuidora fue debidamente notificada de los referidos cargos, conforme a lo dispuesto en el punto 5.3 del Subanexo 5 del Contrato de Concesión, Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones.

  2. Que a fojas 49/60 EDEMSA presenta su descargo. En el mismo informa que en el año 2004, dio inicio a una obra eléctrica para abastecer la zona del usuario reclamante, suspendida luego por un vecino del lugar. Que la conclusión de la obra mejoraría la prestación del servicio. Que EDEMSA cumplió con las debidas diligencias en cuanto a la...

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