Resolucion 222/2007 -enre

Fecha de disposición16 Abril 2007
Fecha de publicación16 Abril 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31135

Flora Silvestres, aprobada por Ley Nº 22.344, su Decreto Reglamentario Nº 522 del 5 de junio de 1997, y CONSIDERANDO:

Que la CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES), a la cual la Argentina adhirió mediante la Ley Nº 22.344, establece en sus Artículos III, IV y V, la reglamentación del comercio de las especies incluidas en sus Apéndices.

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 522 del 5 de junio de 1997, reglamentario de la Ley mencionada en el considerando anterior, se definen las funciones de la Autoridad Administrativa, la cual tiene dentro de sus tareas la emisión de permisos de exportación, importación y reexportación para productos, subproductos y ejemplares vivos de las especies de la flora silvestre, incluidas en los apéndices de la CITES.

Que el decreto citado en el considerando anterior delega, a través de su artículo 37, en la entonces SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la facultad de dictar las normas complementarias al presente decreto.

Que por Resolución Nº 500 de fecha 30 de mayo de 2006 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE se aprobó el Formulario utilizado para realizar trámites de exportación, importación y reexportación de productos, subproductos y ejemplares vivos de la flora silvestre.

Que es necesario actualizar el formulario mencionado anteriormente, promoviendo un nuevo diseño.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD (conforme Resolución Nº 100/06 P.T.N.).

Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente medida, en virtud de los Decretos Nros. 522 del 5 de junio de 1997, 357 del 21 de febrero de 2002 y Modificatorios y 481 del 5 de marzo de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase el Formulario para la Exportación, Reexportación e Importación de productos, subproductos y ejemplares vivos de las especies de flora silvestre incluidas en los Apéndices de la CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNAY FLORA SILVESTRES (CITES), aprobado por Resolución Nº 500/06, conforme el ANEXO I de la presente resolución.

Art. 2º

Establécese que no se recepcionarán formularios aprobados por Resolución Nº 500/06, transcurridos CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de publicada en el Boletín Oficial la presente Resolución.

Art. 3º

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Romina Picolotti.

ANEXO Secretaría Legal y Administrativa SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS Resolución 93/2007

Asígnanse funciones de titular de la Dirección de Ganadería, dependiente de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria de la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Forestación.

Bs. As., 10/4/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0017337/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que se encuentra vacante el cargo de Director de Ganadería dependiente de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que a fin de no resentir el normal funcionamiento del servicio se torna imprescindible asignar las funciones del titular de la citada Dirección al agente de la planta permanente, Nivel C, Grado 9, Ingeniero Agrónomo Don Daniel Héctor PAPOTTO (M.I.

Nº 13.285.218), hasta tanto se suscriba el acto de designación en el marco del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, que tramita por el Expediente Nº S01:0522661/ 2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Ente Nacional Regulador de la Electricidad ENERGIA ELECTRICA Resolución 222/2007

Apruébanse los valores unitarios de la bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras 'Edenor S.A.', 'Edesur S.A.' y 'Edelap S.A.' durante el período comprendido entre los días 10 de abril y 9 de mayo de 2007.

Bs. As., 29/3/2007

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/ 2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante 'Versión 2005 del PUREE'), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante 'Versión 2004 del PUREE').

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/02/2007 y el día 9/03/2007 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que, en este sentido, 'EDESUR S.A.', mediante Nota de ENTRADA Nº 129.378 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 41.278.421 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 102.444.998 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 38/100 ($ 4.760.315,38) como así también ajustes por diversos...

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