Resolucion 215/2008 - Dnrnpacp

Fecha de disposición06 Febrero 2008
Fecha de publicación06 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31339

Instrúyese a los Secretarios, Jefes de las Fuerzas Armadas y titulares de los organismos del Ministerio de Defensa, a efectuar un relevamiento pormenorizado en los edificios públicos donde funcionan sus dependencias administrativas, con el objetivo de reemplazar las lámparas incandescentes por lámparas de bajo consumo.

Bs. As., 21/1/2008

VISTO el Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de Decreto citado se declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía.

Que, asimismo, se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL, DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PRONUREE), para contribuir y mejorar la eficiencia energética de los distintos consumidores de energía, y del PROGRAMA DE USO RACIONALY EFICIENTE DE LAENERGIA (PROUREE) en edificios públicos de todos los organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en consonancia con los lineamientos establecidos por la normativa, y con la firme intención de coadyuvar al logro de los objetivos propuestos, resulta necesario, instruir a los Secretarios, Jefes de las Fuerzas Armadas y titulares de los organismos dependientes de esta cartera a efectuar un relevamiento pormenorizado en los edificios públicos donde funcionan sus dependencias, a los fines de reemplazar las lámparas incandescentes por lámparas de bajo consumo.

Que, asimismo, se estima necesario que las autoridades reseñadas eleven una propuesta para el cumplimiento e implementación del PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA (PROUREE) en los edificios públicos de su jurisdicción.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo establecido por el Artículo 4, Apartado a), Inc.

9 de la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/02).

Por ello,

LA MINISTRA DE DEFENSA RESUELVE:

Artículo 1º

Instrúyase a los señores Secretarios y Subsecretarios de Estado dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA, a los Jefes de los Estados Mayores de las FUERZASARMADAS y a los titulares de organismos descentralizados dependientes del MINISTERIO DE DEFENSApara la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº 140 del 21 de diciembre de 2007. Como parte del programa, esas autoridades deberán realizar, en el plazo de VEINTE (20) días contados a partir de la publicación de la presente, el relevamiento para reemplazar las lámparas incandescentes por lámparas de bajo consumo, en los edificios públicos donde funcionan sus dependencias. La información deberá elevarse a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION DEL MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 2º

Las autoridades mencionadas en el artículo precedente deberán elevar a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, en el plazo de VEINTE (20) días contados a partir de la publicación de la presente, una propuesta de acciones a corto, mediano y largo plazo, para la profundización del PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PROUREE) en los edificios públicos donde funcionen sus dependencias.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Nilda Garré.

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS Resolución 209/2008

Modificación de la Resolución Nº 396/2002 del entonces Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en relación con los emolumentos correspondientes a los Encargados Titulares de los Registros Seccionales dependientes de la citada Dirección Nacional.

Bs. As., 5/2/2008

VISTO la Resolución MJ y DH Nº 396/02 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que mediante el acto administrativo mencionado en el Visto se determinó el esquema de retribución correspondiente a los Encargados Titulares de los Registros Seccionales dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DELAUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS.

Que aquellas retribuciones encuentran asidero en lo establecido en el artículo 3º, inciso

b), del Decreto Nº 644/89 (modificado por su similar Nº 2265/94) en atención al carácter de retribución que dicho esquema representa como consecuencia de la prestación del servicio registral a cargo de los mencionados Encargados Titulares.

Que, en aquel marco, es de indicar que las tareas a cargo de los mencionados funcionarios consisten tanto en el desenvolvimiento de las funciones inherentes a la registración de los trámites que se peticionan en las sedes a su cargo, como la realización de todos aquellos trabajos que la Dirección Nacional les encomienda en su carácter de autoridad de aplicación del Régimen Jurídico del Automotor.

Que, en ese contexto, debe citarse que determinados Encargados Titulares --además de la registración propiamente dicha-- también se encargan de asesorar al organismo registral lo que a la tramitación de expedición de los duplicados y triplicados del Certificado de Importación de Automotores, Motovehículos, Remolques, Semirremolques, Maquinaria Agrícola, Vial e Industrial, Motores y Bloques de Motor importados se refiere, revistiendo a dicho efecto el carácter de delegados de la mencionada Dirección Nacional en materia aduanera, en determinadas jurisdicciones.

Que, al respecto, además, se señala que por dicha función --en la...

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