Resolución de Directorio - N° 489 - ERSP/2024, 16/07/2024
Año | 2024 |
Fecha de publicación | 16 Julio 2024 |
Sección | Órganos de Control |
Emisor | Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.º 489/ERSP/24
Buenos Aires, 12 de abril de 2024
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nacional N° 24.240 y
modificatoria Ley Nº 26,361, la Ley N° 210, la Ley N° 757, la Ley N° 3060, la Ley N°
17.520 y modificatoria Ley Nº 26,696 los Decretos N°, 2.356-GCBA/03 el Reglamento
de Procedimiento de Reclamos de Usuarios y Sanciones por infracciones en la
presentación de Servicios Públicos del Ente Regulador de los Servicios Públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución N° 673/16, el Acta de
Directorio Nº 860 del 20 de marzo de 2024, el Expediente Nº EX-2024-00012309-SA-
EURSPCABA (EX-2020-00004754-EURSPCABA), y
CONSIDERANDO:
Que conforme el art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o
fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros
para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la
competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se
dicten al respecto;
Que según lo prescribe el art. 2° inc. e) de la Ley Nº 210, se entiende como servicio
público, a los efectos de la aplicación de la misma, la conservación y mantenimiento
vial por peaje;
Que conforme lo establece el art. 3º incs. a), b), e), i) y l) de la Ley Nº 210, el Ente
tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las
leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar
las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos
prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad,
continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y
efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer
cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las
sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de
conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas
respetando el debido proceso;
Que, consta Plan de control c/deficiencia. Presencia de pozos. Autopista Perito
Moreno. Octubre del 2020.
Que, en el Acta AF-2020-00071928-ERSP de fecha 07/10/2020 en la que a las 21:10
horas, se verificaron Presencia de Pozos, en el Km. 1,5 a 1. Sentido Provincia.
Que, en el Acta AF-2020-00073624-ERSP de fecha 14/10/2020 en la que a las 20:56
horas, se verificaron Presencia de Pozos, en el Km. 1,5 a 1. Sentido Provincia.
Que, consta el IF-2020-00012704-ALyT de la Gerencia de Control solicitando el inicio
de sumario y ordenando el pase del expediente esta Gerencia Legal a fin de emitir
opinión fundada y dar curso al trámite correspondiente;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6913 - 16/07/2024
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba