Resolución de Directorio N° 166/ERSP/21

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 166/ERSP/21
Buenos Aires, 25 de febrero de 2021
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, el
Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 652/15 que rige el Servicio
de Alumbrado Público, el Reglamento de Procedimientos de Reclamos de Usuarios y
Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución del Directorio 673/2016, su modificatoria N° 14/17, el Acta
de Directorio N° 770 del 25 de febrero de 2021, el Expediente N EX-2019-00007458-
EURSPCABA, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. b) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra el alumbrado público;
Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i), k) y l) de la Ley N° 210, el Ente
tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las
leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar
las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos
prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad,
continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y
efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer
cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las
sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias
o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes
sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;
Que, según IF-2019-00010734-ALyT el Área Legal y Técnica solicita la apertura de
sumario ya que en el plan de control efectuado en el mes de julio de 2019 surge a una
luminaria con los cables expuestos en Simbrón 5000 en el día 12/07/2019;
Que, el Área Operativa de Control vía correo electrónico, efectúa el reclamo
correspondiente ante la empresa Autotrol SACIAFeI - Construman SA UTE;
Que, según AF-2019-00065843-ERSP el día 12/07/19 a las 11:00 horas en la calle
Simbrón 5000 se detectó una luminaria con los cables expuestos;
Que, según AF-2019-00065843-ERSP el día 12/07/19 a las 13:41 horas en la calle
Simbrón 5000 se detectó una luminaria con los cables expuestos, que no se solucionó;
Que, según IF-2020-00001914-ARyS el Área de Reclamos y Sumarios, compartiendo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6113 - 30/04/2021

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