Resolucion 111/2007 - Dga

Fecha de disposición03 Diciembre 2007
Fecha de publicación03 Diciembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31294

RESOLUCIONES COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL 18.8.77

Resolución General 5/2007

Establécense para el período 2008, las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las Entidades Financieras.

Bs. As., 21/11/2007

VISTO: Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de fondos referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer las fechas de vencimientos para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de las entidades financieras.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18.08.77) RESUELVE:

Artículo 1º

Establecer para el período fiscal 2008 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las Entidades Financieras, detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º

Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las Jurisdicciones adheridas y archívese. -- Juan C. Brandan. -- Mario A. Salinardi.

ANEXO Resolución General Nº 5/2007 Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo PESCA Resolución 8/2007

Establécese un área de veda para especies de peces cartilaginosos en la Zona Común de Pesca.

Montevideo, 30/11/2007

Norma estableciendo un área de veda para especies de peces cartilaginosos en la Zona Común de Pesca Visto: El estado del recurso peces cartilaginosos, su particular vulnerabilidad y los altos niveles de explotación alcanzados en la Zona Común de Pesca y la necesidad de adoptar medidas de conservación.

Considerando:

Las recomendaciones efectuadas por el Grupo de Trabajo Condrictios en el Informe 1/07 que indica la necesidad de adoptar medidas de manejo apropiadas para asegurar la sustentabilidad de estos recursos.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) delTratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo y en la Resolución 2/93 de esta Comisión.

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO RESUELVE:

Artículo 1º

Establecer un área de veda para el uso de artes de arrastre de fondo para la conservación de varias especies de peces cartilaginosos en el sector de la Zona Común de Pesca comprendido por las siguientes referencias geográficas:

  1. al Norte, el paralelo 36°00' S

  2. al Sur, el paralelo 37°00' S

  3. al Este, el meridiano 55°00' W

  4. al Oeste, el Límite Exterior del Río de la Plata y el Límite Externo del Mar Territorial argentino Art. 2º -- Fijar la vigencia de la presente Resolución desde el 5 de diciembre de 2007 hasta el 29 de febrero de 2008.

Art. 3º

Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave de las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.

Art. 4º

Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 5º

Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. -Arnoldo M. Listre. -- Alvaro Fernández.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 111/2007

Habilitación Provisoria Muelle Multipropósito. Aduana Bahía Blanca.

Bs. As., 28/11/2007

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12570-14-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO Que por la citada actuación el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca --en adelante C.G.P.B.B.--, CUIT Nº 3066414911-3, solicita la habilitación con carácter provisorio para la atención aduanera del nuevo Muelle Multipropósito (Sitio 21) de Puerto de Bahía Blanca, ubicado sobre la costa norte de la ría de Bahía Blanca, en la localidad de Ingeniero White, Partido de Bahía Blanca, en jurisdicción de la Aduana del mismo nombre.

Que conforme surge del plano de fs. 3, el lugar a habilitar comprende la plataforma del muelle, desde el espejo de agua proyectándose sobre todo su ancho y largo, incluidos dolfin de amarre, pasarela peatonal, defensas de muelle, bitas de amarre, torres de iluminación, portón de acceso e instalaciones de servicios de agua potable e incendio.

Que el solicitante manifiesta que la operatoria que se desarrollará en el Sitio 21 será la descarga...

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