Resolución Nº 55-Dep-10

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición15 de Junio de 2010

RESOLUCIÓN Nº 55-DEP-10

Mendoza, 15 de junio de 2010

Visto: Las reiteradas solicitudes de las Supervisiones y de los Colegios de Gestión Privada de la Provincia, expresadas a esta Dirección de Línea, con respecto a la necesidad de contar en los establecimientos educativos, con Coordinadores de Área, y;

CONSIDERANDO:

Que el perfil del Coordinador de Área en las Instituciones Educativas de Nivel Secundario, promueve el trabajo en equipo, motiva la formulación e implementación de proyectos y favorece la innovación pedagógica;

Que planifica y lleva a cabo acciones vinculadas con el desarrollo curricular y el acompañamiento de los procesos de aprendizajes específicos del área, atendiendo a la diversidad;

Que promueve y organiza instancia de articulación e integración entre los Profesores de los Espacios Curriculares que forman el Área;

Que propicia espacios de reflexión y autocrítica sobre la calidad de los aprendizajes, seguimiento de las trayectorias escolares de los alumnos, responsabilidades en los resultados del proceso de enseñanza-aprendizaje, aprovechamiento de la información proporcionada por los instrumentos y técnicas de evaluación y para ajustar de los procesos pedagógicos;

Que orienta la articulación entre proyectos áulicos, curricular institucional y Diseño Curricular Provincial, desde el enfoque y los supuestos que sustentan el Área;

Que facilita acuerdos sobre capacidades a desarrollar, organizar y secuenciar contenidos, estrategias de enseñanza, criterio de evaluación con vista a la articulación horizontal y vertical;

Que participa con otros actores en la toma de decisiones que favorecen la comunicación y fortalecen los procesos institucionales;

Por ello,

EL DIRECTOR

DE EDUCACIÓN PRIVADA

RESUELVE:

Artículo 1º

Dispóngase la Creación de 03 (tres) horas cátedras de coordinación, para cada una de las Áreas: Matemática, Lengua, Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Lengua Extranjera en las instituciones de Nivel Secundario dependientes de esta Dirección.

Artículo 2º

Otórguese aporte estatal para el pago de las horas de Coordinador de las Área mencionadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Artículo 3º

Determínase que las funciones del Coordinador de Área de las instituciones educativas serán las citadas en el Anexo de la presente resolución.

Artículo 4º

Establézcase que el procedimiento a seguir para designar el Coordinador de Área es el...

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