Resolución de Consejo Superior Nº 15/2017

Fecha de Entrada en Vigor19 de Agosto de 2017
EmisorConsejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe
Fecha de la disposición18 de Enero de 2017

CONSEJO SUPERIOR DEL

CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE

LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR

Nº 15/2017

RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN MESA

DIRECTIVA FACPCE N° 879/17

AJUSTE POR INFLACIÓN

VISTO

Las facultades del Consejo Superior derivadas de la ley 8738 (t.o.), artículo 33 inciso f);

La Resolución 879/2017 emanada de la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas -FACPCE- dictada ad referéndum de la Junta de Gobierno y,

CONSIDERANDO

Que la Mesa Directiva de la FACPCE en sesión de 28 de abril de 2017 celebrada en Corrientes resolvió despachar ad referéndum de la Junta de Gobierno la Resolución 879/17 sobre aplicación de la Sección 3.1 de la Resolución Técnica 17 (Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general) y de la Sección 2.6 de la Resolución Técnica 41 (Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimiento y medición para entes pequeños y entes medianos).

Que la resolución de la Mesa Directiva dispuso que las respectivas secciones de las Resoluciones Técnicas evocadas se apliquen a los estados contables correspondientes a períodos anuales cerrados a partir del 1 de diciembre de 2017 inclusive y al de los períodos intermedios posteriores a dicho ejercicio, evaluándose las condiciones de dichas secciones a partir de esa misma fecha. Por consiguiente, dispone que no se aplicara la reexpresión a moneda homogénea prevista en la Resolución Técnica 6 a los estados contables correspondientes a períodos anuales e intermedios cerrados con anterioridad al 1 de diciembre de 2017.

Que la medida, si bien dictada el pasado 28 de abril y sin explícita referencia a la época de vigencia debe, a nuestro juicio, considerarse en vigor a partir del 31 de marzo de 2017 pues, de este modo, se evitan periodos anómicos que crean dificultades interpretativas sobre el valor intertemporal de la norma. La materia objeto de la resolución en tratamiento es de relevancia para la labor profesional aplicada a la calidad de la expresión monetaria, razón por la que ha de preverse que sus disposiciones no excluyan tramos temporales originando incertidumbre en la reexpresión de los valores de los estados contables a moneda homogénea.

Que confirma lo expuesto que este Consejo tuvo participación en la elaboración del documento a través de sus delegados en los órganos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR