Resolucion Conjunta 15/2008 - Sgp y Sh

Fecha de disposición19 Febrero 2008
Fecha de publicación19 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31348

RESOLUCIONES Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable RESIDUOS PELIGROSOS Resolución 3/2008

Operatoria Especial de Manifiestos Ley Nº 24.051 de Múltiples Generadores. Resolución Nº 5/2003. Modificación.

Bs. As. 11/1/2008

VISTO el Expediente Nº 70-1159/2002 del Registro de la entonces SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, actualmente en jurisdicción de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 24.051, su Decreto Reglamentario Nº 831 del 23 de abril de 1993 y la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 5 del 16 de septiembre de 2003;

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO, se promovió el dictado de una Resolución tendiente a dar un marco regulatorio a la OPERATORIA ESPECIAL DE MANIFIESTOS LEY Nº 24.051 de MULTIPLES GENERADORES, lo que llevó al dictado de la Resolución SAyDS Nº 5/2003.

Que la Resolución SAyDS Nº 05/2003 se limitó a la categoría sometida a control Y1: 'Desechos Clínicos resultantes de la Atención médica prestada a hospitales, centros médicos y clínicas para la salud humana o animal' (Anexo I Ley 24.051).

Que la operatoria establecida por la Resolución SAyDS Nº 5/2003 permitió solucionar inconvenientes que se presentaban en el manejo de los residuos peligrosos categoría sometida a control Y1, facilitando que gran cantidad de prestadores de servicios de salud de determinadas jurisdicciones que no contaban con Operadores suficientes envíen sus residuos a otras jurisdicciones de una manera simple; permitiendo la gestión de manifiestos a pequeños y medianos Generadores con escasa estructura administrativa y agilizando los circuitos de recolección de residuos peligrosos por parte de las empresas Transportistas.

Que la experiencia recogida por la DIRECCION DE RESIDUOS PELIGROSOS permite afirmar que existen otros tipos de residuos peligrosos, que por su modalidad de generación, presentan actualmente una serie de dificultades en el manejo y gestión adecuada en los términos establecidos por la Ley 24.051, semejantes a las observadas para los residuos categoría sometida a control Y1.

Que este tipo de residuos peligrosos presentan características comunes en cuanto a su manejo integral, siendo que en general son generados por un gran número de diversas industrias o actividades de servicio, de pequeña envergadura y que suelen presentar una modalidad de generación cuantitativamente baja.

Que el bajo volumen de generación de esos residuos peligrosos producen inconvenientes tales como el almacenamiento prolongado de los mismos por parte del generador, dificultades en la tramitación de Manifiestos e inconvenientes logísticos para la empresa transportista.

Que una mejora en la gestión integral de este tipo de residuos peligrosos generados a baja escala, centrada en el logro de un incremento en la frecuencia de retiros y sus correspondiente tratamiento, permitirá beneficiar a los sujetos involucrados en la generación y manipulación de los mismos, con una importante mejora en los aspectos relacionados con la celeridad y economía procesal por parte de la administración en cuanto al control documental.

Que resulta conveniente extender la OPERATORIA ESPECIAL DE MANIFIESTOS LEY Nº 24.051 de MULTIPLES GENERADORES a otros residuos peligrosos ya que se evitaría el almacenamiento prolongado de los mismos por parte del Generador; se agilizaría el trámite administrativo de gestión de Manifiestos, propendiendo al cumplimiento de la normativa por parte de los sujetos involucrados en el manejo de residuos peligrosos en cuestión; se facilitaría la logística de recolección de este tipo de residuos peligrosos y consecuentemente, se prevendría riesgos ambientales.

Que el artículo 3º de la Resolución SAyDS Nº 05/2003 establece una limitación en cuanto a la posibilidad de hacer extensivo el procedimiento de uso de Manifiestos de Múltiples Generadores en cuanto impide que en la recolección se involucren distintas categorías sometidas a control.

Que sin embargo, nos encontramos con residuos peligrosos que en sí mismos involucran más de una categoría sometida a control no existiendo incompatibilidades de riesgos para su recolección en forma conjunta, sea por las características propias de sus constituyentes o por la forma en que se presenta el residuo, pudiéndolos agrupar según su origen.

Que las pilas, pilas botón o baterías pueden estar constituidas por elementos peligrosos tales como cadmio, plomo o mercurio en un medio ácido o básico...

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