Resolución Conjunta Nº 125/2011 y Nº 415/2011

Fecha de disposición18 Octubre 2011
Fecha de publicación25 Octubre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32262

Bs. As., 18/10/2011

VISTO la Actuación Nº 407/10 del registro de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios Nº 423 de fecha 25 de marzo de 2010 y Nº 1914 de fecha 7 de diciembre de 2010, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, la Resolución Conjunta Nº 87 y 166 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del TEATRO NACIONAL CERVANTES de fecha 2 de junio de 2010 y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA Nº 79 del 9 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, establece en el Título XIII las pautas para el reencasillamiento del personal.

Que por la Resolución Conjunta Nº 87 y 166 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del TEATRO NACIONAL CERVANTES de fecha 2 de junio de 2010 se aprobó el reencasillamiento del personal permanente del TEATRO NACIONAL CERVANTES en el mencionado Sistema.

Que la Coordinación del Area de Recursos Humanos del TEATRO NACIONAL CERVANTES ha remitido el Formulario de la agente Claudia PEREZ SPINA, suscripto por la autoridad competente para proceder a fa rectificatoria de su reencasillamiento.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta Nº 111 glosada en el Expediente citado en el Visto.

Que la propuesta de reencasillamiento de la causante, en base a los datos contenidos en el Formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa establecidos en los artículos 1º y 2º de la Resolución S.G.y.G.P. Nº 79/08, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, ambas de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el...

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