Resolucion Conjunta 199/2008 - Mep y 7/2008 - Mi

Fecha de disposición09 Abril 2008
Fecha de publicación09 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31380

3.3 - Ventas Mercado Externo (últimos TRES (3) años) AÑO VALOR DE LAS VENTAS CANTIDAD VENDIDA PAIS (U$S) (UNIDAD DE MEDIDA) 3.4 - Nombre y Direcciones de los Principales Clientes NOMBRE DEL CLIENTE DIRECCION DEL CLIENTE 3.5 - Presentar literatura técnica: catálogos, planos, análisis químicos o físicos, referencias bibliográficas, etcétera e incluso muestras, en caso de corresponder.

4) Otras informaciones relevantes Ministerio de Economía y Producción y Ministerio del Interior EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución Conjunta 199/2008 y 7/2008

Declárase en determinadas áreas de la provincia de Tucumán el estado de emergencia o desastre agropecuario, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913.

Bs. As., 1/4/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0334474/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 22.913, el Decreto Nº 581 del 26 de junio de 1997, las Resoluciones Nros. 796 del 22 de noviembre de 2006 y 78 del 6 de febrero de 2007, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del aludido Ministerio, el acta de la reunión ordinaria del 28 de agosto de 2007 de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA, y CONSIDERANDO:

Que la Provincia de TUCUMAN en la reunión ordinaria del 28 de agosto de 2007 de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA presentó el Decreto Provincial Nº 2940/ 3 (MDP) del 1 de agosto de 2007, mediante el cual se declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, por el fenómeno meteorológico ocurrido entre los días 9 y 12 de julio de 2007 a las zonas productoras de caña de azúcar, hortalizas, citrus, palta, frutilla, arándano, pasturas y miel de los Departamentos: Leales, Juan Bautista Alberdi, La Cocha, Graneros, Río Chico, Chicligasta, Simoca, Burruyacú, Cruz Alta, Monteros, Famaillá, Lules, Yerba Buena, Trancas, Tafí Viejo y Capital, desde el 13 de julio de 2007 y por el término de UN (1) año.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA ha analizado la situación ocurrida en la zona dañada y opina que corresponde declarar en estado de emergencia o desastre agropecuario a las áreas citadas en el precedente considerando, afectadas por heladas, a fin de la aplicación de las medidas previstas por la Ley Nº 22.913, para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas.

Que de acuerdo con lo estipulado por el Artículo 9º de la Ley Nº 22.913 y por los...

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