Resolucion Conjunta 366/2007 - Mep y 55/2007 - Mi

Fecha de disposición12 Noviembre 2007
Fecha de publicación12 Noviembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31279

000062 K de fecha 21 de febrero de 2007, en los que consta como exportadora la firma TERMOLAR S.A. de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y como importadoras las firmas LITORAL S.C., LINEA G SOCIEDAD ANONIMA y HECTOR MOREL SOCIEDAD ANONIMA respectivamente, todas de la REPUBLICA ARGENTINA, para lo cual formulará el cargo correspondiente.

Art. 4º

La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º

Notifíquese a las interesadas.

Art. 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Leila S. Nazer.

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa IMPORTACIONES TEMPORARIAS Resolución 197/2007

Modificación de la Resolución Nº 392/2006, mediante la cual se establecieron los requisitos y formalidades que deberán seguir los interesados en acogerse al régimen del Decreto Nº 1330/2004.

Bs. As., 8/11/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0269052/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1330 de fecha 30 de septiembre de 2004 se fijaron las condiciones para la importación temporaria de mercaderías destinadas a recibir un perfeccionamiento industrial con la obligación de exportarlas para consumo a otros países bajo las nuevas formas resultantes, dentro del plazo autorizado.

Que el Artículo 33 del citado decreto estableció que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION será la Autoridad de Aplicación del régimen de importación temporaria de mercaderías para ser sometida a un perfeccionamiento industrial.

Que la Resolución Nº 392 de fecha 19 de octubre de 2006 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION estableció los requisitos y formalidades que deberán seguir los interesados en acogerse al régimen del Decreto Nº 1330/04.

Que resulta necesario modificar el plazo previsto en el Artículo 16 de la Resolución Nº 392/06 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, estableciendo un cronograma de vigencia de los Certificados de Tipificación y Clasificación (C.T.C.) emitidos al amparo de la Resolución Nº 72 de fecha 20 de enero de 1992 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus normas modificatorias y complementarias, como así también de las Declaraciones Juradas de Insumos, Mermas, Sobrantes y Residuos que hubieren adquirido carácter definitivo según lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 9º de la Resolución Nº 72/92 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a efectos de mantener la operatividad del régimen de importación temporaria de mercaderías para el perfeccionamiento industrial y permitir a los usuarios del régimen ordenar la tramitación de los Certificados de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.).

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la...

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