Resolución Conjunta 92/2019

Fecha de publicación14 Noviembre 2019
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA


Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2017-24749700- -APN-DE#MP, y

CONSIDERANDO:

Que la firma HAIZEA SICA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N° 30-71562577-2, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000 y sus modificatorias, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la mencionada normativa, así como la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la peticionante para acceder a los beneficios del Régimen.

Que la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de UNA (1) línea nueva, completa y autónoma para la fabricación de torres de acero para aerogeneradores de alta potencia, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la empresa obtuvo los Certificados de Trámite Nros. 413 con fecha 24 de noviembre de 2017 y 453 con fecha 30 de enero de 2018 a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.

Que el grado de utilización de los certificados de trámite citados en el considerando precedente, serán verificados en instancia de auditoria de las actuaciones de la referencia.

Que hasta el momento la empresa no ha informado la importación de repuestos al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la empresa informó que adquirió en el mercado local bienes de origen importado los cuales son: Equipos de bombeo para pintura DOS (2) unidades, equipos de proyección para metalizado DOS (2) unidades...

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