Resolución Conjunta 428 , 128 y 274/2010

Fecha de disposición17 Marzo 2010
Fecha de publicación17 Marzo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31866
Art. 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Erica V. Covalschi. -- Alicia Velich. -- Horacio Ferrari. -- Daniel Di Bartolo. -- Elena Otaola.

-- Mario Almirón. -- Silvia Squire. -- Enrique Martín. -- Pablo Olocco.

Aprobada en sesión de fecha 9 de marzo de 2010.

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas,

Ministerio deTrabajo, Empleo y Seguridad Social y Ministerio de Salud SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD Resolución Conjunta 128/2010, 274/2010 y 428/2010

Fíjase el valor de la cápita para atención médica en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

Bs. As., 12/3/2010

VISTO el Expediente Nº 117.931/07 del Registro de la Superintendencia de Servicios de Salud, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nros. 23.660, 23.661, 26.077, y 26.204, los Decretos Nros. 576 del 1 de abril de 1993, 292 del 14 de agosto de 1995, 492 del 22 de septiembre de 1995, 197 del 7 de marzo de 1997, 504 del 12 de mayo de 1998, 486 del 12 de marzo de 2002, 1210 del 10 de diciembre de 2003, 330 del 8 de marzo de 2010, la Resolución Nº 201 del 9 de abril de 2002 del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución Nº 1765 del 19 de diciembre de 2008 del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución Conjunta Nº 760 del EX MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION, Nº 915 del MINISTERIO DETRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y Nº 1364 del EX MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE del 29 de noviembre de 2004, la Resolución Conjunta Nº 231 del EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Nº 271 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y Nº 442 del EX MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE del 6 de abril de 2006, la Resolución Conjunta Nº 107 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nº 224 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL y Nº 257 del MINISTERIO DE SALUD, del 12 de marzo de 2009; y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 292 del 14 de agosto de 1995 se dispuso la creación del REGISTRO DE AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD PARA LA ATENCION MEDICA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS, en el que debían inscribirse los Agentes del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD que estuvieran dispuestos a recibir como parte integrante de su población atendida a jubilados y pensionados, debiendo especificar si recibirían sólo a jubilados y pensionados de origen o a los provenientes de cualquier Agente del citado Sistema.

Que por el artículo 13 del citado Decreto Nº 292/95 se dispuso que serían el EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el EX MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE quienes tuvieran a su cargo, el establecimiento del monto de las cápitas que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), transfiera automáticamente a los Agentes inscriptos, de los recursos que legalmente corresponda percibir al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOSY PENSIONADOS (INSSJP).

Que la Resolución Conjunta Nº 760 del EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Nº 915 del MINISTERIO DETRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y Nº 1364...

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