Resolución Conjunta 7/2019

Fecha de publicación01 Julio 2019
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA Y MINISTERIO DE HACIENDA
Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2019

VISTO el Expediente EX-2019-54034412- -APN-SGPYC#MD, la Ley N° 19.101, el Decreto Ley N° 5.177 del 18 de abril de 1958, el Decreto N° 1081 de fecha 31 de diciembre de 1973, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal militar de las Fuerzas Armadas y para Policía de Establecimientos Navales, que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.

Que, en ese sentido, procede fijar los importes del “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales, a partir de Julio de 2019.

Que han tomado la intervención que les compete las Aéreas Técnicas y los Servicios Jurídicos Permanentes del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones contempladas en artículo 3°, inciso g), apartado 1) y 2) del Decreto N° 101/1985, sustituido por el artículo 6° del Decreto N° 954/2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

Y

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Fijase el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, correspondientes a los meses de Julio y Agosto de 2019 en adelante, conforme los importes, que para las distintas...

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