Resolución Conjunta 65/2019
Fecha de publicación | 02 Septiembre 2019 |
Sección | Resoluciones Conjuntas |
Emisor | SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA |
Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2019
VISTO el Expediente Nº S01:0067425/2017 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la firma MOLINOS RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T. N° 30-50085862-8, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la mencionada normativa, así como su reglamentaria la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la peticionante para acceder a los beneficios del Régimen.
Que la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 9° y 11.
Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de UNA (1) línea de producción nueva, completa y autónoma para la elaboración de pasta larga, a partir de sémola-harina como materia prima, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.
Que la empresa obtuvo el Certificado de Trámite N° 351 con fecha 17 de julio de 2017 por un total de FOB DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATRO (U$S 731.004), FOB FRANCOS SUIZOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL (CHF 6.565.000), FCA DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y CUATRO (U$S 259.094) y EXW EUROS CIENTO OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA (€ 108.240), a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.
Que el grado de utilización del certificado de trámite citado en el considerando precedente ha sido verificado a través de los Despachos de Importación a consumo aportados por la empresa en las actuaciones de la referencia.
Que luego del análisis de los referidos Despachos de...
VISTO el Expediente Nº S01:0067425/2017 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la firma MOLINOS RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T. N° 30-50085862-8, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la mencionada normativa, así como su reglamentaria la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la peticionante para acceder a los beneficios del Régimen.
Que la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 9° y 11.
Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de UNA (1) línea de producción nueva, completa y autónoma para la elaboración de pasta larga, a partir de sémola-harina como materia prima, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.
Que la empresa obtuvo el Certificado de Trámite N° 351 con fecha 17 de julio de 2017 por un total de FOB DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATRO (U$S 731.004), FOB FRANCOS SUIZOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL (CHF 6.565.000), FCA DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y CUATRO (U$S 259.094) y EXW EUROS CIENTO OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA (€ 108.240), a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.
Que el grado de utilización del certificado de trámite citado en el considerando precedente ha sido verificado a través de los Despachos de Importación a consumo aportados por la empresa en las actuaciones de la referencia.
Que luego del análisis de los referidos Despachos de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba