Resolución Conjunta 60/2019

Fecha de publicación30 Agosto 2019
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorSECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE HACIENDA
Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2019

VISTO el expediente EX-2019-78070332-APN-GED#CNV, el decreto 596 del 28 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del decreto 596 del 28 de agosto de 2019 se extendió parcialmente el plazo de cancelación de las obligaciones de pago correspondientes a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo, individualizados en el Anexo al referido artículo.

Que a su vez, por el artículo 2° del citado decreto, se dispuso que la postergación allí ordenada no alcanzará a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo identificados en el Anexo señalado, cuyos tenedores registrados al 31 de julio de 2019 en la Caja de Valores sean personas humanas que los conserven bajo su titularidad a la fecha de pago.

Que en tal marco, se advierte la necesidad de aclarar los alcances del mencionado artículo 2°, en el sentido de que los títulos de deuda incluidos en el anexo al artículo 1° del decreto N° 596/2019, que integren el patrimonio de fondos comunes de inversión, se encuentran alcanzados por lo dispuesto en el artículo 2° del citado decreto, cuando los tenedores de cuotapartes cumplan las condiciones allí establecidas.

Que una interpretación contraria conllevaría un tratamiento discriminatorio entre inversores individuales según hayan adquirido sus tenencias en forma directa o a través de tales vehículos de...

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