Resolución Conjunta 6. RESFC-2018-6-APN-SECEP#JGM

Fecha de disposición09 Noviembre 2018
Fecha de publicación09 Noviembre 2018
SecciónResoluciones Conjuntas

SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL

Y

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

Resolución Conjunta 6/2018

RESFC-2018-6-APN-SECEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2018

VISTO el Expediente Electrónico EX-2016-02773732-APN-GA#SMN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 1 y de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 275 del 4 de noviembre de 2015, se aprobó la incorporación del personal permanente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que el mencionado proceso de incorporación se llevó a cabo de conformidad a las pautas establecidas en el "PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL PERMANENTE COMPRENDIDO EN OTROS ESCALAFONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO POR APLICACIÓN DE SU ARTÍCULO 25 (DECRETO 2098/08)", aprobado por el Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010, modificada por su similar N° 129 del 28 de octubre de 2011.

Que en las actuaciones citadas en el VISTO tramita Recurso de Reconsideración interpuesto por la Agente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL Silvana Carina BOLZI (DNI N° 21.966.765) en contra de la Resolución Conjunta del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 1/15 y de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 275/15.

Que el mencionado recurso es formalmente admisible a tenor de lo dispuesto por el artículo 84 de la Reglamentación del Procedimiento Administrativo aprobada por el Decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR