Resolución Conjunta 6 - E. Dispónese la ampliación de Bonos del Tesoro Nacional en Pesos y emisión de Letras del Tesoro Nacional en Dólares Estadounidenses.

Fecha de disposición18 Agosto 2016
Fecha de publicación18 Agosto 2016
SecciónResoluciones Conjuntas

Resolución Conjunta 6 - E/2016

Dispónese la ampliación de Bonos del Tesoro Nacional en Pesos y emisión de Letras del Tesoro Nacional en Dólares Estadounidenses.

Buenos Aires, 17/08/2016

VISTO el Expediente Nº S01:0311597/2016 y sus agregados del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, la Ley Nº 27.200, los Decretos Nros. 1.096 de fecha 25 de junio de 2002 y 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, y la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Resolución Conjunta Nº 36 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y de la SECRETARÍA DE FINANZAS, de fecha 19 de julio 2016 modificada por la Resolución Conjunta Nº 1 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y de la SECRETARÍA DE FINANZAS, de fecha 20 de julio 2016, ambas del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones reguló en su Título III el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el Artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.

Que la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 en su Artículo 34 autoriza, de conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida planilla, y autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.

Que por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 se establece que las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR