Resolución Conjunta 55/2021

Fecha de publicación31 Diciembre 2021
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE HACIENDA


Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021

Visto el expediente EX-2021-125547131-APN-DGDA#MEC, las leyes 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, los decretos 1344 del 4 de octubre de 2007, 820 del 25 de octubre de 2020, 809 del 25 de noviembre de 2021 (DECNU-2021-809-APN-PTE) y 861 del 16 de diciembre de 2021, la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del ex Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA), y la resolución conjunta 1 del 7 de julio de 2021 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2021-1-APN-SF#MEC), y

CONSIDERANDO:

Que en el Título III de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional se regula el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.

Que mediante el artículo 42 de la ley 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, se autoriza al Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas de Administración Financiera a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la planilla anexa al mencionado artículo.

Que a través del artículo 6° del decreto 809 del 25 de noviembre de 2021 (DECNU-2021-809-APN-PTE), se autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a emitir Letras de Liquidez del Tesoro Nacional en pesos a descuento (LELITES) hasta alcanzar un importe máximo en circulación de valor nominal de pesos sesenta mil millones (VN $ 60.000.000.000) para afrontar los vencimientos que se producirán durante el mes de diciembre de 2021, de acuerdo con las condiciones financieras que el citado órgano determine.

Que en el apartado I del artículo 6° del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, modificado mediante el artículo 5° del decreto 820 del 25 de octubre de 2020, se establece que las funciones de Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, ambas del actual Ministerio de Economía.

Que a través del artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del ex Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA) se sustituyeron las normas de “Procedimiento para la Colocación de Instrumentos de Deuda Pública”, aprobadas mediante el artículo 1° de la resolución 162 del 7 de septiembre de 2017 del ex Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF).

Que a través del artículo 1° de la resolución conjunta 1 del 7 de julio de 2021 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2021-1-APN-SF#MEC) se sustituyó el procedimiento del “Programa de Creadores de Mercado”, aprobado mediante el artículo 1° de la resolución conjunta 9/2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda.

Que luego del Período de Evaluación Inicial, se entiende conveniente realizar una adecuación de las fórmulas para la medición de la performance de los Aspirantes a Creadores de Mercado y de los Creadores de Mercado a las actuales condiciones de mercado.

Que mediante el artículo 1° del decreto 861 del 16 de diciembre de 2021 se otorga asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2021.

Que el Directorio del Banco Central de la República Argentina ha dispuesto, mediante la Comunicación P51020, otorgar...

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