Resolución Conjunta 54/2021

Fecha de publicación21 Diciembre 2021
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE HACIENDA


Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2021

Visto el expediente EX-2021-100245757- -APN-DGDA#MEC, las leyes 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los decretos 1344 del 4 de octubre de 2007, 820 del 25 de octubre de 2020, 489 del 4 de agosto de 2021 y 809 del 25 de noviembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que en el Título III de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional se regula el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.

Que mediante el artículo 5° del decreto 809 del 25 de noviembre de 2021 se sustituye el artículo 7° del decreto 489 del 4 de agosto de 2021, disponiéndose una compensación a la empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (AR-SAT), actuante en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por un monto de hasta cuatro mil ochocientos cincuenta y nueve millones novecientos cuarenta y dos mil quinientos cuarenta pesos ($ 4.859.942.540), la que se instrumentará mediante la entrega de títulos de la deuda pública cuyas condiciones financieras serán determinadas por el Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera para la provisión de diferentes servicios prestados a distintas dependencias del Sector Público Nacional durante el período 2018 a 2020, inclusive.

Que asimismo el citado artículo autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a emitir títulos de la deuda pública por hasta las sumas necesarias, para dar cumplimiento a la compensación dispuesta en dicho artículo.

Que en tal sentido resulta necesario proceder a la emisión del título denominado “Bono del Tesoro Nacional amortizable en pesos vencimiento 22 de diciembre de 2026” a fin de cumplimentar con lo mencionado en el considerando precedente.

Que en el apartado I del artículo 6° del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, modificado mediante el artículo 5° del decreto 820 del 25 de octubre de 2020, se establece que las funciones del Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, ambas del actual...

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