Resolución Conjunta 51 y 17/2008

Fecha de la disposición16 de Febrero de 2009

CIENDA y la SECRETARIA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 57, inciso a) de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, establece que el endeudamiento que resulte de las operaciones de crédito público podrá originarse en la emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo, constitutivos de un empréstito.

Que mediante el Artículo 37 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a disponer la constitución de aplicaciones financieras a título gratuito por parte de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional a favor del Tesoro Nacional, con la finalidad de atender el financiamiento de sus gastos cuando se requiera la utilización de las disponibilidades del Sistema de la Cuenta Unica del Tesoro, estableciendo además que dichas inversiones pueden constituirse por un plazo de hasta NOVENTA (90) días.

Que mediante el Decreto Nº 2289 de fecha 29 de diciembre de 2008 se dispone la constitución, antes del día 30 de diciembre de 2008, de una aplicación financiera a título gratuito, por parte de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - Servicio Administrativo Financiero 325, por el importe que allí se detalla.

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa al Artículo 48 de la Ley Nº 26.337.

Que resulta necesario designar a los funcionarios autorizados a suscribir la documentación necesaria para la instrumentación de la emisión a llevar a cabo en el marco de la presente resolución conjunta.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 48 de la Ley Nº 26.337 y el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y EL SECRETARIO DE FINANZAS RESUELVEN:

Artículo 1º

Dispónese la emisión de un Pagaré del Gobierno Nacional a efectos de instrumentar la constitución de la aplicación financiera a título gratuito a favor del Tesoro Nacional, a ser suscripta por la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - Servicio Administrativo Financiero 325, Fuente Financiera 13, de acuerdo a las condiciones que a continuación se detallan:

Fecha de Emisión: 30 de diciembre de 2008.

Fecha de Vencimiento: 30 de marzo de 2009.

Monto Total: VALOR NOMINAL PESOS SIETE MIL MILLONES (V.N. $ 7.000.000.000).

Moneda: PESOS ($).

Amortización: íntegra al vencimiento.

Opción de Precancelación: el emisor podrá precancelar anticipadamente el Pagaré.

Forma de Cancelación: los pagos al vencimiento se cursarán a través del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE...

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