Resolución Conjunta 5/2019

Fecha de publicación04 Junio 2019
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA Y MINISTERIO DE HACIENDA
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2019

VISTO el Expediente EX-2019-50168536 -APN-SGPYC#MD, la Ley N° 19.101, el Decreto Ley N° 5.177 del 18 de Abril de 1958, el Decreto N° 1081 de fecha 31 de diciembre de 1973, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario fijar una escala de haberes para el Personal Militar de las Fuerzas Armadas y para Policía de Establecimientos Navales, que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.

Que, en ese sentido, procede fijar los importes del “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales, a partir de junio de 2019.

Que han tomado la intervención que les compete las aéreas técnicas y los Servicios Jurídicos Permanentes de los Ministerios de Defesa y de Hacienda.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones contempladas en los apartados previsto I y II del inciso g) del artículo 3° del Decreto N° 101 del 16 de Enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

Y

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Fijase el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, a partir del mes de Junio 2019, conforme los importes, que para las distintas jerarquías, se detallan en el ANEXO I (IF-2019-50686649-APN-SGPYC#MD) de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Fíjase el “Haber Mensual”...

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